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Documento DOUE-L-1988-80776

Reglamento (CEE) nº 2190/88 de la Comisión, de 20 de julio de 1988, por el que se fija definitivamente el importe de la ayuda para las semillas de soja aplicable durante la campaña de comercialización de 1987/88.

Publicado en:
«DOCE» núm. 195, de 23 de julio de 1988, páginas 30 a 30 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80776

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,

Visto el Reglamento (CEE) no 1491/85 del Consejo, de 23 de mayo de 1985, por el que se establecen medidas especiales para las semillas de soja (1), modificado por el Reglamento (CEE) no 1101/88 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 2,

Considerando que los Reglamentos (CEE) nos 2638/87 (3) y 2755/87 de la Comisión (4) fijan con carácter provisional los importes de las ayudas para las semillas de soja, siempre que se confirme el importe que haya de deducirse en aplicación del sistema de cantidades máximas garantizadas;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2868/87 de la Comisión (5) fija, para la campaña de comercialización de 1987/88, el importe de la reducción de la ayuda para las semillas de soja; que los importes provisionales de las ayudas en cuestión se calcularon teniendo en cuenta una reducción igual a la fijada; que, en consecuencia, conviene confirmar los importes de las ayudas provisionalmente válidos para estas semillas y fijarlos definitivamente,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El importe de la ayuda para las semillas de soja que aparece en los Anexos de los Reglamentos (CEE) nos 2638/87 y 2755/87 quedan fijados definitivamente a partir de la fecha de entrada en vigor de cada uno de estos Reglamentos.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de julio de 1988.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 151 de 10. 6. 1985, p. 15.

(2) DO no L 110 de 29. 4. 1988, p. 13.

(3) DO no L 248 de 1. 9. 1987, p. 50.

(4) DO no L 265 de 16. 9. 1987, p. 7.

(5) DO no L 273 de 26. 9. 1987, p. 15.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/07/1988
  • Fecha de publicación: 23/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 23/07/1988
Referencias anteriores
  • CITA:
    • Reglamento 2755/87, de 15 de septiembre (DOCE L 265 de 16.9.1987).
    • Reglamento 2638/87, de 31 de agosto (DOCE L 248, de 1.9.1987).
Materias
  • Ayudas
  • Semillas
  • Soja

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