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Documento DOUE-L-1987-82008

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 1512/87 del Consejo, de 26 de mayo de 1987, por el que se suspenden temporalmente los derechos autónomos del arancel aduanero común para un determinado número de productos agrícolas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 371, de 30 de diciembre de 1987, páginas 79 a 79 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-82008

TEXTO ORIGINAL

En el cuadro II del Anexo los códigos de la nomenclatura combinada se sustituirán por los códigos siguientes:

- Página 2, primer producto: 0303 10 00

0303 22 00

- Página 3, segundo producto: 0305 20 00

penúltimo producto: 1604 30 90

último producto: 1604 11 00

1604 20 10.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 30/12/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1512/87, de 26 de mayo (Ref. DOUE-L-1987-80577).
Materias
  • Aceites
  • Aceites vegetales
  • Derechos arancelarios
  • Frutos
  • Mariscos
  • Pescado
  • Productos hortícolas

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