Contenu non disponible en français
Página 103, artículo 13 bis, apartado 2, segundo párrafo, quinta línea:
en lugar de: « . . . se aplicará a los productos originarios de los Estados ACP el derecho . . . »
léase: « . . . se aplicará a los productos originarios de los Estados ACP o de los países y territorios el derecho . . . »
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid