Está Vd. en

Documento DOUE-L-1987-81973

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 2273/87 del Consejo, de 15 de junio de 1987, por el que se sustituyen los Anexos del Reglamento (CEE) nº 3420/83, relativo a los regímenes de importación de los productos originarios de los países de comercio de Estado, no liberalizados a nivel comunitario.

Publicado en:
«DOCE» núm. 235, de 20 de agosto de 1987, páginas 26 a 26 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81973

TEXTO ORIGINAL

Página 61, en la columna « E », frante al Código Nimexe « 03.03-39 »,

en lugar de: « (2) »,

léase: « (1) ».

Página 62, en la columna « E », frente al Código Nimexe « 09.01-11*17 »,

en lugar de: « +(7) »,

léase: « + (6) ».

Página 65, en la columna « (1) »,

en lugar de: « 20.06 »,

léase: « 22.05 ».

Página 95, en la columna « GB », frente a la categoría « 150 A »,

en lugar de: « + (52) »,

léase: « + (53) ».

Página 95, en el comienzo de la nota « (25) »,

léase: « (25) 58.02-04*88: Apartado 5 » (. . .).

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/08/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2273/87, de 15 de junio (Ref. DOUE-L-1987-81006).
Materias
  • Cáñamo
  • China
  • Cordelería
  • Fibras artificiales
  • Fibras naturales
  • Géneros de Punto
  • Importaciones
  • Productos textiles
  • Tejidos
  • Vestido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid