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Documento DOUE-L-1987-81505

Decisión de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, reunidos en el seno del Consejo, de 8 de diciembre de 1987, relativa a la apertura de un contingente arancelario libre de derechos, en beneficio de España, para los productos laminados planos de aceros al silicio llamados «magnéticos».

Publicado en:
«DOCE» núm. 353, de 16 de diciembre de 1987, páginas 31 a 31 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81505

TEXTO ORIGINAL

(87/588/CECA)

LOS REPRESENTANTESDE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO, DECIDEN:

Artículo único

Para el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1988 se podrá conceder, en lo referente a las importaciones procedentes de países terceros, en beneficio de España, un contingente arancelario libre de derechos de 800 toneladas de productos laminados planos de aceros al silicio llamados « magnéticos », de los códigos NC ex 7225 10 91 y ex 7226 10 30, de una anchura superior a 500 mm e igual o superior a 600 mm, respectivamente, laminados en frío, de grano orientado, tratados con láser, de espesor superior a 0,20 mm e inferior a 0,60 mm y que tengan una pérdida por inversión magnética nominal de 0,35 W/kg.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 1987.

El Presidente

M. WILHJELM

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 08/12/1987
  • Fecha de publicación: 16/12/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el artículo Unico por Decisión 88/434, de 25 de julio (Ref. DOUE-L-1988-80926).
Materias
  • Acero
  • Arancel Aduanero Común
  • España
  • Importaciones
  • Productos siderúrgicos

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