Contingut no disponible en català
(87/587/CECA)
LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO, DECIDEN:
Artículo único
Para el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1988, en lo referente a las importaciones procedentes de países terceros, se podrá conceder, en beneficio del Benelux, un contingente arancelario libre de derechos de 400 toneladas de productos laminados planos de aceros al silicio, llamados « magnéticos » de los códigos NC ex 7225 10 91 y ex 7226 10 30, de una anchura superior a 500 mm e igual o superior a 600 mm, respectivamente, laminados en frío, de grano orientado, tratados con láser, de espesor superior a 0,20 mm e inferior a 0,60 mm y que tengan una pérdida por inversión magnética nominal de 0,35 W/kg.
Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 1987.
El Presidente
M. WILHJELM
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid