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(87/586/CECA)
LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO, DECIDEN:
Artículo único
Para el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 junio de 1988, en lo referente a las importaciones procedentes de países terceros, se podrá conceder en beneficio de la República Federal de Alemania, un contingente arancelario libre de derechos de 1 000 toneladas de productos laminados planos de aceros al silicio, llamados « magnéticos » de los códigos NC ex 7225 10 91 y ex 7226 10 30, de una anchura superior a 500 mm e igual o superior a 600 mm, respectivamente, laminados en frío, de grano orientado, tratados con láser, de espesor superior a 0,20 mm e inferior a 0,60 mm y que tengan una pérdida por inversión magnética nominal de 0,35 W/kg.
Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 1987.
El Presidente
M. WILHJELM
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