Contido non dispoñible en galego
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que la Comunidad y las demás partes signatarias del Acuerdo del GATT sobre compras del sector público (1), iniciaron negociaciones en base a su artículo IX apartado 6 letra b) con vistas a mejorar determinadas disposiciones de dicho Acuerdo;
Considerando que el resultado de estas negociaciones es aceptable para la Comunidad,
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Comunidad Económica Europea el Protocolo de modificación del Acuerdo del GATT sobre compras del sector público.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decision.
Artículo 2
Se autoriza al presidente del Consejo para designar a la persona facultada para firmar el Protocolo a fin de obligar a la Comunidad.
Hecho en Bruselas, el 16 de noviembre de 1987.
Por el Consejo
El Presidente
P. SIMONSEN
(1) DO no L 71 de 17. 3. 1980, p. 44.
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