EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, y en particular su artículo 113,
Vista la recomendación de la Comisión,
Considerando que la Comisión ha llevado a cabo negociaciones con países terceros proveedores de carne de ovino y de caprino o de animales vivos de las expecies ovina y caprina, para alcanzar acuerdos de autolimitación de sus exportaciones hacia la Comunidad;
Considerando que la Comisión ha llegado a un acuerdo con la República Democrática Alemana;
Considerando que dicho acuerdo permite que los intercambios se efectúen en armonía con el funcionamiento de la organización común de mercados en el sector considerado,
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Democrática Alemana sobre el comercio en el sector ovino y caprino.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo a designar a la persona facultada para firmar el Acuerdo con el fin de obligar a la Comunidad.
Hecha en Luxemburgo, el 20 de octubre de 1987.
Por el Consejo
El Presidente
L. TOERNAES
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