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Documento DOUE-L-1987-81255

Reglamento (CEE) nº 3114/87 de la Comisión, de 19 de octubre de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2556/86 relativo a la concesión de una ayuda a la utilización en vinificación de mosto de uva concentrado y de mosto de uva concentrado rectificado para la campaña vitícola 1986/87.

Publicado en:
«DOCE» núm. 295, de 20 de octubre de 1987, páginas 9 a 9 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81255

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1972/87 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 45,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2556/86 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 3786/86 (4), establece en su artículo 4 que el organismo de intervención deberá pagar la ayuda al productor antes del 30 de septiembre de 1987; que, en determinados Estados miembros determinadas dificultades de orden administrativo han impedido respetar dicho plazo; que, por consiguiente, resulta conveniente ampliar dicho plazo para permitir el pago a todos los beneficiarios;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2556/86 se sustituirá la fecha del 30 de septiembre de 1987 por la del 31 de octubre de 1987.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de octubre de 1987.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de octubre de 1987.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 84 de 27. 3. 1987, p. 1.

(2) DO no L 184 de 3. 7. 1987, p. 26.

(3) DO no L 228 de 14. 8. 1986, p. 14.

(4) DO no L 350 de 12. 12. 1986, p. 10.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/10/1987
  • Fecha de publicación: 20/10/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 20/10/1987
  • Aplicable desde El 1 de octubre de 1987.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4 del Reglamento 2556/86, de 8 de agosto (Ref. DOUE-L-1986-81249).
Materias
  • Ayudas
  • Mosto
  • Vinos
  • Viticultura

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