Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento DOUE-L-1987-81201

Reglamento (CEE) nº 2977/87 de la Comisión, de 2 de octubre de 1987, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 1836/87, relativo a la interrupción de la pesca del merlan por parte de los barcos que naveguen bajo pabellón de Bélgica.

Publicado en:
«DOCE» núm. 280, de 3 de octubre de 1987, páginas 18 a 18 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81201

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2241/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, por el que se establecen ciertas medidas de control respecto a las actividades pesqueras (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 11,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1836/87 de la Comisión (2) ha prohibido la pesca del merlán en las aguas de la división CIEM VII exc. VII a) por los barcos que naveguen bajo pabellón de Bélgica o registrados en Bélgica a partir del 24 de junio de 1987;

Considerando que el Reino Unido ha transferido el 22 de septiembre de 1987 a Bélgica 75 toneladas de merlán en las aguas de la división CIEM VII exc. VII a); que, por consiguiente debería autorizarse la pesca del merlán en las aguas de la división CIEM VII exc. VII a) por los barcos que naveguen bajo pabellón de Bélgica o registrados en Bélgica; que, por consiguiente, es conveniente derogar el Reglamento (CEE) no 1836/87 de la Comisión,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda derogado el Reglamento (CEE) no 1836/87.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 2 de octubre de 1987.

Por la Comisión

António CARDOSO E CUNHA

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 207 de 29. 7. 1987, p. 1.

(2) DO no L 174 de 1. 7. 1987, p. 15.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 02/10/1987
  • Fecha de publicación: 03/10/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 03/10/1987
Referencias anteriores
Materias
  • Bélgica
  • Pesca marítima
  • Pescado

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid