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Documento DOUE-L-1987-80606

Reglamento (CEE) nº 1596/87 de la Comisión, de 5 de junio de 1987, que modifica el Reglamento (CEE) nº 1355/87, por el que se abre para determinados Estados miembros y calidades la compra en intervención y se fijan los precios de compra en el sector de la carne de vacuno.

Publicado en:
«DOCE» núm. 146, de 6 de junio de 1987, páginas 58 a 58 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80606

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

Visto el Reglamento ( CEE ) no 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organizacion comun de mercados en el sector de la carne de vacuno ( 1 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento

( CEE ) no 467/87 ( 2 ), y, en particular, el apartado 4 de su articulo 6 bis,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) no 1355/87 de la Comision ( 3 ), modificado por el Reglamento ( CEE ) no 1419/87 ( 4 ), abrio la compra de intervencion en algunos Estados miembros o regiones de un Estado miembro para ciertas calidades y fijo los precios de compra en el sector de la carne de vacuno; que el Reglamento ( CEE ) no 828/87 de la Comision ( 5 ), modificado por el Reglamento ( CEE ) no 1400/87 ( 6 ), ha modificado la lista de los productos admisibles a la intervencion;

Considerando que la aplicacion de las disposiciones del citado apartado 4 del articulo 6 bis y del apartado 2 del articulo 3 del Reglamento ( CEE ) no 2226/78 de la Comision ( 7 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 827/87 ( 8 ), llevan a modificar los precios de compra conforme al Anexo del presente Reglamento sobre la base de los datos y cotizaciones en conocimiento de la Comision,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

El Anexo I del Reglamento ( CEE ) no 1355/87 se sustituira por el Anexo del presente Reglamento .

Articulo 2

El presente Reglamento entrara en vigor el 15 de junio de 1987 .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas, el 5 de junio de 1987 .

Por la Comision

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

( 1 ) DO no L 148 de 28 . 6 . 1968, p . 24 .

( 2 ) DO no L 48 de 17 . 2 . 1987, p . 1 .

( 3 ) DO no L 127 de 16 . 5 . 1987, p . 25 .

( 4 ) DO no L 135 de 23 . 5 . 1987, p . 28 .

( 5 ) DO no L 80 de 24 . 3 . 1987, p . 8 .

( 6 ) DO no L 133 de 22 . 5 . 1987, p . 31 .

( 7 ) DO no L 261 de 26 . 9 . 1978, p . 5 .

( 8 ) DO no L 80 de 24 . 3 . 1987, p . 6 .

ANEXO

Precio de compra a la intervencion en ECU/100 kg peso en canal

1.2.3,4Calidad ( categoria y clase )

Precio equivalente canal

Precio cuarto delantero

1.2.3.4corte recto ( 1 )

corte pistola ( 2 ) // // // //

AU2

313,504

250,803

235,128

AU3

309,198

247,358

231,899

AR2

300,134

240,107

225,101

AR3

295,834

236,667

221,876

AO2

284,343

227,474

213,257

AO3

280,021

224,017

210,016

CU2

306,918

245,534

230,189

CU3

302,702

242,162

227,027

CU4

294,270

235,416

220,703

CR3

297,823

238,258

223,367

CR4

289,166

231,333

216,875

CO3

286,763

229,410

215,072 // // // //

( 1 ) Coeficiente de conversion 0,80 .

( 2 ) Coeficiente de conversion 0,75 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 05/06/1987
  • Fecha de publicación: 06/06/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 15/06/1987
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo I del Reglamento 1355/87, de 15 de mayo (Ref. DOUE-L-1987-80509).
Materias
  • Carnes
  • Organismo de intervención
  • Precios

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