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Documento DOUE-L-1987-80588

Reglamento (CEE) nº 1545/87 de la Comisión, de 3 de junio de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1948/85, sobre las modalidades de aplicación de la transferencia de leche desnatada en polvo al organismo de intervención griego por parte de los organismos de intervención de otros Estados miembros.

Publicado en:
«DOCE» núm. 144, de 4 de junio de 1987, páginas 9 a 9 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80588

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

Visto el Reglamento ( CEE ) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organizacion comun de mercados en el sector de la leche y los productos lacteos ( 1 ), cuya ultima modificacion la constituye el Reglamento ( CEE ) no 773/87 ( 2 ), y, en particular, el apartado 5 de su

articulo 7,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) no 1247/87 del Consejo ( 3 ), modifico el Reglamento ( CEE ) no 1322/85 ( 4 ) respecto a la fecha en que el organismo de intervencion griego debia hacerse cargo de la leche desnatada en polvo; que resulta asimismo necesario retrasar la fecha de vencimiento establecida en el apartado 2 del articulo 1 del Reglamento ( CEE ) no 1948/85 de la Comision ( 5 );

Considerando que las medidas adoptadas en el presente Reglamento se atienen al dictamen del Comité de gestion de la leche y los productos lacteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

En el apartado 2 del articulo 1 del Reglamento ( CEE ) no 1948/85 se sustituiran los términos " antes del inicio de la campana lechera 1986/87 " por " antes del final de la campana lechera 1987/88 ".

Articulo 2

El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas, el 3 de junio de 1987 .

Por la Comision

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

( 1 ) DO no L 148 de 28 . 6 . 1968, p . 13 .

( 2 ) DO no L 78 de 20 . 3 . 1987, p . 1 .

( 3 ) DO no L 118 de 6 . 5 . 1987, p . 2 .

( 4 ) DO no L 137 de 27 . 5 . 1985, p . 44 .

( 5 ) DO no L 183 de 16 . 7 . 1985, p . 6 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 03/06/1987
  • Fecha de publicación: 04/06/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 07/06/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1.2 del Reglamento 1948/85, de 15 de julio (Ref. DOUE-L-1985-80578).
Materias
  • Grecia
  • Leche
  • Organismo de intervención
  • Productos lácteos

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