LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Decisión 83/516/CEE del Consejo, de 17 de octubre de 1983, sobre las funciones del Fondo Social Europeo (1) y, en particular, su artículo 6,
Visto el dictamen del Comité del Fondo Social Europeo,
Considerando que la intervención del Fondo Social Europeo se concentra en acciones destinadas a promover el empleo, en particular, en las zonas de reestructuración industrial y sectorial constituidas por zonas ayudadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, sección fuera de cuota, y con arreglo al artículo 56 del Tratado CECA;
Considerando que, como resultado de la modificación de la lista de estas zonas, conviene modificar la lista de zonas de paro elevado y de larga duración y/o de reestructuración industrial y sectorial adjunta a las orientaciones para la gestión del Fondo Social Europeo durante los ejercicios 1987 a 1989, anejas a la Decisión 86/221/CEE de la Comisión (2),
DECIDE:
Artículo único
La lista de zonas de paro elevado y de larga duración y/o de reestructuración industrial y sectorial, adjunta a las orientaciones para la gestión del Fondo Social Europeo durante los ejercicios 1987 a 1989, anejas a la Decisión 86/221/CEE, quedará modificada como sigue:
1. En la nota de pie de página (1), correspondiente a la rúbrica ITALIA, se añadirá:
« - Decreto del 16. 5. 1986, Gazetta ufficiale del 14. 7. 1986. »
2. En la rúbrica UNITED KINGDOM se insertará la « Local authority area » Lothian.
Hecho en Bruselas, el 27 de febrero de 1987.
Por la Comisión
Manuel MARIN
Vicepresidente
(1) DO no L 289 de 22. 10. 1983, p. 38.
(2) DO no L 153 de 9. 6. 1986, p. 59.
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