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Documento DOUE-L-1986-81613

Reglamento (CEE) nº 3507/86 de la Comisión, de 18 de noviembre de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1634/86, por el que se establecen las modalidades de aplicación del mecanismo complementario de los intercambios para el aceite de oliva y las tortas importadas en Portugal.

Publicado en:
«DOCE» núm. 324, de 19 de noviembre de 1986, páginas 8 a 8 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-81613

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,

Visto el Reglamento (CEE) no 569/86 del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por el que se establecen las reglas generales de aplicación del mecanismo complementario aplicable a los intercambios (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 7,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1634/86 de la Comisión (2) prevé que Portugal comunicará a la Comisión las cantidades de productos para las cuales se hayan expedido certificados « MCI »; que, no obstante, dicha obligación se debe aplicar a todos los Estados miembros; que, por lo tanto, es conveniente modificar dicho Reglamento;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 3 del Reglamento (CEE) no 1634/86 será sustituido por el texto siguiente:

« Artículo 3

Antes del día 15 de cada mes, los Estados miembros comunicarán a la Comisión las cantidades de productos para las cuales se hayan expedido certificados "MCI" durante el mes precedente ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 55 de 1. 3. 1986, p. 106.

(2) DO no L 144 de 29. 5. 1986, p. 20.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/11/1986
  • Fecha de publicación: 19/11/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 19/11/1986
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 3 del Reglamento 1634/86, de 28 de mayo (Ref. DOUE-L-1986-80786).
Materias
  • Aceites vegetales
  • Arancel Aduanero Común
  • Importaciones
  • Mecanismo Complementario para Intercambios
  • Portugal

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