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Documento DOUE-L-1986-80424

Reglamento 1014/86 de la Comisión, de 8 de abril de 1986, por el que se modifica el coeficiente relativo a los montantes diferenciales para las semillas de colza, de nabina y de girasol.

Publicado en:
«DOCE» núm. 94, de 9 de abril de 1986, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-80424

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento 136/66/CEE del Consejo, de 22 de septiembre de 1966, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 3768/85 (2),

Visto el Reglamento (CEE) no 1569/72 del Consejo, de 20 de julio de 1972, que establece medidas especiales para las semillas de colza, de nabina y de girasol (3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1474/84 (4), y, en en particular, el apartado 2 de su artículo 2 bis,

Considerando que, con efecto de 7 de abril de 1986, se han modificado los tipos centrales de las diferentes monedas que constituyen el sistema monetario europeo; que el coeficiente contemplado en el apartado 2 del artículo 2 bis del Reglamento (CEE) no 1569/72 debe modificarse en consecuencia; que dicha modificación deberá ser aplicable a partir del 9 de abril de 1986;

Considerando que las medidas establecidas en el presente Reglamento se atienen al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El valor del coeficiente a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 bis del Reglamento (CEE) no 1569/72 queda fijado en 1,083682.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 9 de abril de 1986.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 172 de 30. 9. 1966, p. 3025/66.

(2) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.

(3) DO no L 167 de 25. 7. 1972, p. 9.

(4) DO no L 143 de 30. 5. 1984, p. 4.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 08/04/1986
  • Fecha de publicación: 09/04/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 09/04/1986
  • Aplicable desde El 9 de abril de 1986.
Referencias anteriores
Materias
  • Colza
  • Girasol
  • Nabina
  • Semillas

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