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Documento DOUE-L-1986-80366

Directiva del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por la que se modifica, con motivo de la adhesión de España y de Portugal, la Directiva 72/280/CEE relativa a las encuestas estadísticas que deberán efectuar los Estados miembros referentes a la leche y los productos lácteos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 77, de 22 de marzo de 1986, páginas 29 a 29 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-80366

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal, y, en particular, su artículo 396,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que la Directiva 72/280/CEE del Consejo (1), modificada en último término por el Reglamento (CEE) no 3768/85 (2), establece las encuestas que deberán efectuar los Estados miembros en el sector de la producción de leche y de productos lácteos;

Considerando que procede introducir adaptaciones técnicas en el texto de dicha Directiva y, en particular, definir la contribución financiera de la Comunidad a los gastos soportados por los nuevos Estados miembros para la realización de la encuesta en 1986, 1987 y 1988,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

Con efectos del 1 de marzo de 1986, la Directiva 72/280/CEE quedará modificada como sigue:

1. En el punto a) del apartado 3 del artículo 4 se añadirán la siguientes indicaciones:

« España: Comunidades autónomas

Portugal: Regiões »;

2. En el artículo 8 se añadirá el párrafo siguiente:

« Los gastos necesarios para la ejecución por parte del Reino de España y de la República Portuguesa de la encuesta prevista por la presente Directiva, para los años 1986, 1987 y 1988, se cargarán al presupuesto de las Comunidades Europeas en un importe a tanto alzado que se habrá de determinar. »

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 1986.

Por el Consejo

El Presidente

G. BRAKS

(1) DO no L 179 de 7. 8. 1972, p. 2.

(2) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 25/02/1986
  • Fecha de publicación: 22/03/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 96/16, de 19 de marzo (Ref. DOUE-L-1996-80421).
  • Fecha de derogación: 01/01/1997
Referencias anteriores
  • MODIFICA con efectos del 1 de marzo de 1986, los arts. 4 y 8 de la Directiva 72/280, de 31 de julio (Ref. DOUE-L-1972-80098).
Materias
  • España
  • Estadística
  • Leche
  • Portugal
  • Productos lácteos

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