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Documento DOUE-L-1985-80993

Decisión del Consejo, de 26 de noviembre de 1985, relativa a la conclusión de un acuerdo de concertación Comunidad-COST relativo a una acción concertada en el campo de la inteligencia artificial y del reconocimiento de las formas (Acción COST 13).

Publicado en:
«DOCE» núm. 322, de 3 de diciembre de 1985, páginas 18 a 24 (7 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80993

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el proyecto de Decisión presentado por la Comisión,

Considerando que, por su Decisión 79/783/CEE (1), modificada en último lugar por la Decisión 84/559/CEE (2), el Consejo ha adoptado un programa plurianual en el sector de la informática, que incluye un proyecto de acción concertada en el campo de la inteligencia artificial y del reconocimiento de las formas;

Considerando que el apartado 1 del artículo 5 de la Decisión 79/783/CEE autoriza a la Comunidad a celebrar acuerdos con Estados no miembros participantes en la cooperación europea en el sector de la investigación científica y técnica (COST),

para garantizar una concertación entre la acción de la Comunidad sobre colaboración en materia de investigación y desarrollo y los correspondientes programas de esos Estados;

Considerando que el apartado 2 del artículo 5 de dicha Decisión anterior a la Comisión a negociar los acuerdos;

Considerando que, en aplicación de dicho artículo, la Comisión ha negociado un acuerdo con Austria, Finlandia, Noruega,Suecia, Suiza y Yugoslavia;

Considerando que es oportuno aprobar este acuerdo,

DECIDE:

Artículo 1

Se aprueba en nombre de la Comisión el acuerdo de concertación Comunidad-COST entre la Comunidad Económica Europea y Austria, Finlandia, Noruega, Suecia, Suiza y Yugoslavia, relativo a una acción concertada en el campo de la inteligencia artificial y del reconocimiento de las formas (acción COST 13).

El texto del acuerdo se une a la presente Decisión.

Artículo 2

El Presidente del Consejo efectuará la notificación prevista en el apartado 1 del artículo 6 del acuerdo.

Hecho en Bruselas, el 26 de noviembre de 1985.

Por el Consejo

El Presidente

J. F. POOS

___________________

(1) DO n º L 231 de 13. 9. 1979, p. 23.

(2) DO n º L 308 de 27. 11. 1984, p. 49.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 26/11/1985
  • Fecha de publicación: 03/12/1985
  • Contiene acuerdo, ADJUNTO a la misma.
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Austria
  • Comités consultivos
  • Comunidad Económica Europea
  • Finlandia
  • Informática
  • Inteligencia artificial
  • Investigación científica
  • Noruega
  • Programas
  • República Socialista Federativa de Yugoslavia
  • Suecia
  • Suiza
  • Tecnología

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