( 85/420/CEE )
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Vista la Decisión 83/516/CEE del Consejo , de 17 de octubre de 1983 , relativa a las funciones del Fondo Social Europeo (1) ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2950/83 del Consejo , de 17 de octubre de 1983 , sobre aplicación de la Decisión 83/516/CEE relativa a las funciones del Fondo Social Europeo (2) y , en particular , su artículo 2 ,
Considerando que compete a la Comisión determinar los importes de las contribuciones para los gastos de ayuda a la contratación y al empleo aplicables al ejercicio presupuestario de 1986 , establecidas en la letra c ) del artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 2950/83 ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :
Artículo 1
Los importes de las contribuciones del Fondo Social Europeo para los gastos de ayuda a la contratación y al empleo para el ejercicio de 1986 , establecidos en la letra c ) del artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 2950/83 , se fijarán por persona y por semana , del modo siguiente :
- Bélgica : 1 651 FB ,
- Dinamarca : 366 Dkr ,
- República Federal de Alemania : 99,20 DM ,
- Grecia : 2 108 DR ,
- Francia : 231,50 FF ,
- Irlanda : 26,40 £Irl ,
- Italia : 47 800 Lit ,
- Luxemburgo : 2 187 Flux ,
- Países Bajos : 105,10 Fl ,
- Reino Unido : 22,60 £ .
Artículo 2
Los importes establecidos en el artículo 1 se refieren a proyectos de contratación y empleo para trabajos de jornada completa . En caso de empleos de tiempo parcial , los importes se calcularán en proporción del número de horas trabajadas , con la referencia de 40 horas por semana .
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .
Hecho en Bruselas , el 30 de julio de 1985 .
Por la Comisión
Peter SUTHERLAND
Miembro de la Comisión
(1) DO n º L 289 de 22 . 10 . 1983 , p. 38 .
(2) DO n º L 289 de 22 . 10 . 1983 , p. 1 .
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