EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 235,
Visto la propuesta de la Comisión (1),
Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),
Visto el dictamen del Comité económico y social,
Considerando que, por la Decisión 77/586/CEE (3), la Comunidad ha aprobado el Convenio relativo a la protección del Rin contra la contaminación química, en lo sucesivo denominado « Convenio químico », y el Acuerdo adicional del Acuerdo, firmado en Berna el 29 de abril de 1963, relativo a la Comisión internacional para la protección del Rin contra la contaminación, en lo sucesivo denominada « Comisión internacional »;
Considerando que, según el artículo 5 del Convenio químico, la Comisión internacional propone valores límite para los vertidos de determinadas sustancias en las aguas superficiales de la cuenca del Rin mediante modificaciones del Anexo IV del Convenio químico; que, según el artículo 14 del Convenio químico, es necesaria la adopción unánime por las Partes Contratantes para la entrada en vigor de dichas modificaciones;
Considerando que la Comisión internacional ha establecido valores límite para el cadmio en forma de propuesta dirigida a completar el Anexo IV del Convenio químico;
Considerando que la Directiva 83/513/CEE (4) fija los valores límite para los vertidos de cadmio en el medio acuático de la Comunidad; que dichos valores límite son idénticos a los fijados en la propuesta de la Comisión internacional;
Considerando que es conveniente que la Comunidad, en calidad de Parte Contratante del Convenio químico, adopte dicha propuesta,
DECIDE:
Artículo 1
Queda adoptada en nombre de la Comunidad Económica Europea la propuesta de la Comisión internacional para la protección del Rin contra la contaminación, dirigida a completar, en lo referente al cadmio, el Anexo IV del Convenio relativo a la protección del Rin contra la contaminación química.
El texto de la propuesta se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
El Presidente del Consejo notificará al Gobierno de la Confederación Suiza la adopción de la propuesta mencionada en el artículo 1, según los procedimientos establecidos por el Convenio químico.
Hecho en Luxemburgo, el 27 de junio de 1985.
Por el Consejo
El Presidente
A. BIONDI
________
(1) DO n º C 16 de 17. 1. 1985, p. 7.
(2) DO n º C 94 de 15. 4. 1985, p. 131.
(3) DO n º L 240 de 19. 9. 1977, p. 35.
(4) DO n º L 291 de 24. 10. 1983, p. 1.
ANEXO
Propuesta de la Comisión internacional para la protección del Rin contra la contaminación, dirigida a completar el Anexo IV del Convenio para la protección del Rin contra la contaminación química, firmado en Bonn el 3 de diciembre de 1976
La Comisión internacional para la protección del Rin contra la contaminación, con referencia al Convenio para la protección del Rin contra la contaminación química, firmado en Bonn el 3 de diciembre de 1976, considerando en particular los artículos 3, 4, 5 y 14 de dicho Convenio, propone a las Partes Contratantes del Convenio que el Anexo IV del Convenio, de 3 de diciembre de 1976, se complete, en lo que se refiere al cadmio, como sigue:
TABLA OMITIDA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid