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Documento DOUE-L-1985-80312

Reglamento (CEE) nº 1164/85 del Consejo, de 3 de mayo de 1985, por el que se prorroga por cuarta vez la campaña lechera 1984/85.

Publicado en:
«DOCE» núm. 121, de 6 de mayo de 1985, páginas 3 a 3 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80312

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 de Consejo, de 27 de junto de 1968, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) nº 591/85 (2), y, en particular, su artículo 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 1070/85 (3) ha prorrogado la campaña lechera 1984/85 hasta el 5 de mayo de 1985;

Considerando que parece necesario considerar nuevamente el conjunto de los problemas vinculados a la fijación de los precios para la próxima campaña lo que implica un retraso en la fijación de dichos precios que por consiguiente resulte necesario prorrogar la campaña de comercialización 1984/85 en el sector de la leche y de los productos lácteos hasta el 12 de mayo de 1985,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La campaña lechera 1984/85 terminará el 12 de mayo de 1985 en tanto que la campaña lechera 1985/86 comenzará el 13 de mayo de 1985.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 6 de mayo de 1985.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 3 de mayo de 1985.

Por el Consejo

El Presidente

F. M. PANDOLFI

(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO nº L 68 de 8. 3. 1985, p. 5.

(3) DO nº 114 de 27. 4. 1985, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 03/05/1985
  • Fecha de publicación: 06/05/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 06/05/1985
  • Aplicable desde el 6 de mayo de 1985.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Comercialización
  • Leche
  • Precios
  • Productos lácteos

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