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Documento DOUE-L-1984-80071

Reglamento (CEE) nº 378/84 de la Comisión, de 13 de febrero de 1984, relativo a las modalidades de ejecución de las decisiones de ayuda para los proyectos referentes a la reestructuración, la modernización y el desarrollo del sector pesquero y al desarrollo del sector de la acuicultura.

Publicado en:
«DOCE» núm. 46, de 16 de febrero de 1984, páginas 11 a 22 (12 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80071

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 378/84 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 del Consejo , de 4 de octubre de 1983 , referente a una acción común de reestructuración , de modernización y de desarrollo del sector pesquero y de desarrollo del sector de la acuicultura (1) y en particular , el apartado 4 del artículo 18 ,

Considerando que una autoridad o un organismo designado a tal efecto por el Estado miembro será quien envie a la Comisión los documentos justificativos relativos a los proyectos que se beneficien de la ayuda , comunicación que eventualmente se efectuará a través del Estado miembro ; que , con objeto de garantizar un control eficaz de la realización de dichos proyectos , es conveniente precisar el papel de dicha autoridad , la naturaleza de los documentos justificativos que se establezcan con arreglo a las disposiciones reglamentarias o legislativas al Estado miembro interesado , o a las medidas adoptadas por la autoridad o el organismo antes citado , así como los medios de control aplicados en cada Estado miembro ;

Considerando que , para el pago de la ayuda o de una parte de ésta ; será conveniente precisar la documentación que la autoridad intermediaria haya de enviar a la Comisión a fin de permitir a esta última comprobar que se cumplen todas las condiciones para el pago ; que dicha documentación deberá contener datos completos y presentados de forma idéntica con el fin de facilitar una rápida instrucción y un trato uniforme para las solicitudes de pago ;

Considerando que si a la Comisión no le pareciesen suficientes los documentos que regularmente suministren la autoridad o el organismo , o que el contenido de dichos documentos le pareciese incompleto en lo que respecta a la comprobación de las condiciones financieras u otras impuestas a los proyectos , aquella deberá poder exigir a la autoridad intermediaria la presentación de documentos justificativos o documentos complementarios ;

Considerando que , a fin de garantizar su plena eficacia , es importante prever , en caso de control de las dependencias correspondientes , una cooperación entre la Comisión y el Estado miembro interesado ;

Considerando que es conveniente no emprender el procedimiento de suspensión , de reducción o de supresión de la ayuda sin haber consultado previamente al Estado miembro interesado , que podrá pronunciarse , y sin que los beneficiarios hayan tenido la posibilidad de presentar sus observaciones ;

Considerando que el beneficiario recibe la subvención por medio de un organismo designado por el Estado miembro , procede precisar los documentos que dicho organismo deberá enviar a la Comisión ;

Considerando que el Comité del FEOGA no ha emitido dictamen en el plazo fijado por su Presidente ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

I . Papel de la autoridad o del organismo encargado de enviar los documentos justificativos

Artículo 1

1 . La autoridad o el organismo encargado de enviar los documentos justificativos , tal y como se define en el apartado 2 del artículo 18 del Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 , dirigirá a la Comisión una relación descriptiva de los documentos justificativos que haya previsto solicitar , globalmente en los dos meses siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento o , para cada proyecto particular , en los dos meses siguientes a la notificación de la decisión por la que se conceda una ayuda . Cualquier modificación que se aporte a la relación descriptiva se comunicará a la Comisión en el plazo de los dos meses siguientes a la adopción de dicha modificación .

Por documento justificativo se entiende cualquier documento establecido bien con arreglo a las disposiciones legislativas o reglamentarias del Estado miembro interesado , bien de conformidad con las medidas adoptadas por la autoridad o el organismo arriba citados , apto para probar que se cumplen las condiciones financieras u otras impuestas para cada proyecto .

La relación descriptiva mencionada anteriormente incluirá :

- la designación de los documentos justificativos así como la mención de las disposiciones o medidas en que se hayan basado para establecer dichos documentos ,

- una breve descripción del contenido de dichos documentos .

2 . Igualmente , la autoridad o el organismo dirigirá a la Comisión , en el plazo indicado en el apartado 1 , una descripción detallada de los métodos de control empleados y en las cuales se base para establecer el certificado contemplado en el artículo 3 .

3 . La Comisión podrá invitar a los Estados miembros a completar la relación descriptiva con otros documentos justificativos que juzgue necesarios para el control de la elegibilidad de los gastos indicados en las solicitudes de pago ; igualmente podrá , a tal fin , invitar a los Estados miembros a reforzar sus controles .

Artículo 2

Transcurrido un plazo de dos años desde la notificación de la decisión que concede una ayuda , la autoridad o el organismo enviará a la Comisión un documento en el que se describa el estado de progreso de los proyectos no concluidos . Cuando , contrariamente a los datos contenidos en la solicitud de ayuda e incluidos en la decisión de concesión , no hayan comenzado los trabajos o acciones una vez transcurrido dicho plazo de dos años , la autoridad o el organismo precisará las razones de ello ; llegado el caso , transmitirá a la Comisión las garantías suficientes , suministradas por los beneficiarios , para probar la ejecución del proyecto en un futuro próximo .

Artículo 3

A los fines de la realización de un proyecto , o en el transcurso de dicha realización si la decisión de la Comisión previere un pago escalonado según el apartado 1 del artículo 15 del Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 , la autoridad o el organismo enviará a la Comisión una petición de pago que permite comprobar que se han cumplido las condiciones de pago .

Las solicitudes de pago incluirán un certificado y una lista en la que se enumeren los documentos justificativos . Dichas peticiones se presentarán en dos ejemplares en la forma indicada en el Anexo .

Artículo 4

Para cada inversión , los pagos escalonados no podrán superar los siguientes límites :

a ) el 80 % de la ayuda concedida a dicha inversión

b ) la tasa de realización de los trabajos relativa a dicha inversión . Esta tasa estará constituida por la relación entre el importe total de los costes seleccionables previstos .

No obstante , en lo que se refiere a la construcción de buques , cualquier solicitud de pago parcial que demuestre que la tasa de realización de los trabajos se eleva , al menos , al 50 % podrá , a instancia del beneficiario , ser objeto de una inversión que llegue hasta el 80 % de la ayuda concedida , siempre que :

- se presente un registro de vencimientos de los trabajos , preciso , acreditado y certificado por el astillero ,

- el Estado miembro apruebe dicha solicitud .

Artículo 5

Para proceder a un control eficaz de la ejecución del proyecto , la autoridad o el organismo transmitirá a la Comisión , a instancia de ésta y en un plazo que ella podrá fijar , todo documento justificativo , o su copia

certificada conforme , contemplado en el artículo 1 , o cualquier otro documento apto para probar que se cumplan las condiciones , financieras u otras , impuestas a cada proyecto .

Artículo 6

Si la Comisión estimase necesario efectuar una inspección en las dependencias correspondientes , lo comunicará previamente al Estado miembro en cuyo territorio prevé efectuar una comprobación y le invitará a participar en ella . Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para facilitar la eficacia de dichas inspecciones .

Artículo 7

La Comisión , antes de emprender el procedimiento de suspensión , de reducción o de supresión de la ayuda prevista en el apartado 2 del artículo 18 del Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 :

- lo comunicará al Estado miembro en cuyo territorio debiera haberse ejecutado el proyecto , el cual podrá pronunciarse al respecto ,

- consultará a la autoridad o al organismo encargado de enviar los documentos justificativos ,

- convocará al o a los beneficiarios a exponer , por medio de la autoridad o del organismo , las razones del incumplimiento de las condiciones previstas .

II . Papel del organismo intermediario para el pago .

Artículo 8

1 . Cuando la Comisión haya comprobado que se cumplen las condiciones financieras u otras impuestas al proyecto , abonará la subvención o la fracción de la subvención en el caso de pago escalonado , a favor del beneficiario , de conformidad con el apartado 1 del artículo 18 del Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 .

2 . El organismo intermediario abonará sin demora la subvención al beneficiario y , en los quince días siguientes al pago , proporcionará la prueba de éste a la Comisión .

Artículo 9

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo primer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 13 de febrero de 1984 .

Por la Comisión

Giorgios CONTOGEORGIS

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 290 , de 22 . 10 . 1983 , p. 1 .

ANEXO

MODELO 1

CERTIFICADO PARA EL PAGO DE UNA PARTE DE LA AYUDA

PROYECTO N º ... Título ...

BENEFICIARIO ( nombre y dirección ) : ...

El ... (1) , autoridad intermediaria designada a tal fin por las autoridades nacionales , declara que han sido controlados los documentos justificativos que se mencionan en la relación descriptiva dirigida a la Comisión conforme

a las disposiciones del artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 378/84 .

ESTE CONTROL PERMITE CERTIFICAR QUE :

1 . Con fecha de ... , los trabajos de construcción del barco « ... » estaban en curso en los astilleros « ... »

- La realización de los trabajos de modernización comenzó el ... en el barco « ... » .

- La realización de los trabajos de acuicultura ( de estructuras artificiales ) comenzó el ... en el lugar previsto .

2 . Con fecha de ... , el importe de los costes efectivamente pagados relativos a gastos imputables ascendía , sin tener en cuenta la parte recuperable del impuesto del valor añadido , a ... ( en moneda nacional ) , lo que supone el ... % de los costes totales seleccionables previstos .

3 . Este importe se ha financiado tal y como se indica en el anexo 1 de este certificado .

4 . Los trabajos realizados , cubiertos por estos documentos , concuerdan con el proyecto sometido a la Comisión ( excepto los relativos a ... , para los que se aportan explicaciones y justificaciones en el anexo 2 ) .

5 . Teniendo en cuenta la tasa de realización de los trabajos de construcción del buque , el beneficiario solicita el pago del 80 % de la ayuda concedida . Se aprueba esta solicitud , visto el registro de vencimientos de los trabajos elaborado por los astilleros ... ( anexo 3 ) .

6 . La participación financiera nacional y la del beneficiario , establecidas teniendo en cuenta el conjunto de las ayudas , sean del tipo que sean , concuerdan , o concordarán a más tardar cuando concluyan los trabajos , con las disposiciones de los apartados 2 , 3 y 4 del artículo 15 del Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 .

7 . El beneficiario se compromete a terminar los trabajos en ... meses (2) .

8 . Las respuestas a las condiciones particulares indicadas en el anexo de la decisión de concesión de la ayuda , transmitidas a la Comisión el ... , concuerdan con la realidad de los hechos .

9 . Los documentos justificativos controlados se conservarán ...

Hecho en ... el ...

Por la autoridad intermediaria

... ( Firma - sello )

Nota importante ( véase el punto 5 del certificado )

El registro de vencimientos que presentarán los astilleros deberá precisar ( mes y año ) el momento en el que la construcción del buque estará realizada en un 80 % y el momento en el que estará concluida .

(1) Denominación de la autoridad intermediaria .

(2) Fórmula de compromiso que se adjuntará al anexo 4 . Si la fecha de conclusión sobrepasa la fecha prevista en más de seis meses , deberán presentarse las justificaciones correspondientes .

MODELO 2

ANEXO 1 AL CERTIFICADO , RELATIVO A LA FINANCIACION DE LOS GASTOS EFECTUADOS

Financiación de los gastos efectuados hasta ...

PROYECTO N º ... Título ...

1 . Participación del/de los beneficiario(s)

- Capitales propios ...

- Prestaciones en especie (1) ...

- Préstamos (2) ...

2 . Participación del Estado miembro

- Subvención en capital ...

- Préstamos a tipos reducidos (3) ( duración : ... ; tipo ... ) ...

- Otras ayudas ...

3 . Otras participaciones (4)

- ...

- ...

4 . Total ...

Fecha : ...

Firma : ...

(1) Indicar las bases de cálculo .

(2) Condiciones del empréstito ( Deberán presentarse los datos de cada empréstito ) :

- importe en moneda nacional ,

- organismo de créditos ,

- duración de la concesión ,

- tipo a cargo de los beneficiarios ,

- número de puntos de bonificación ,

- periodo de franquicia ,

- modo de reembolso ( AC ) ( PE ) ,

- reembolso : anual , semestral , trimestral , mensual .

(3) Importe ya comprendido en el punto 1 .

(4) En lo que afecta a la ayuda , indíquense sólo los importes ya percibidos por el beneficiario .

MODELO 3

ANEXO 2 AL CERTIFICADO , RELATIVO A LA EXPLICACION DE LAS DIFERENCIAS ENTRE TRABAJOS PREVISTOS Y TRABAJOS REALIZADOS

Trabajos y acciones previstos conforme al expediente inicial Trabajos y acciones realizados Justificación de los cambios

Breve descripción Coste Breve descripción Coste

MODELO 4

CERTIFICADO PARA EL PAGO DEL SALDO O DE LA TOTALIDAD DE LA AYUDA

PROYECTO N º ... Título : ...

BENEFICIARIO ( nombre y dirección ) : ...

El ... (1) autoridad intermediaria designada a tal fin por las autoridades nacionales , declara que han sido controlados los documentos justificativos que se mencionan en la relación descriptiva dirigida a la Comisión conforme a las disposiciones del artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 378/84 .

ESTE CONTROL PERMITE CERTIFICAR QUE :

1 . La realización de los trabajos comenzó el ... :

- para el buque ... que se ha de modernizar ,

- en el lugar ... , que es el que está previsto para las instalaciones de acuicultura ( de estructuras artificiales ) .

2 . Con fecha de ... , concluyeron los trabajos de construcción del buque ... [ El certificado cuya copia se adjunta fue emitido por ... el ... ( anexo 4 ) . ]

3 . El importe de los costes efectivos , teniendo en cuenta la parte recuperable del impuesto del valor añadido , asciende a ... ( en moneda nacional ) , de lo que ... ha sido pagado por el beneficiario .

4 . El importe de los gastos indicado más adelante se ha financiado tal y como se indica en el anexo 1 de este certificado .

5 . El importe de los costes mencionados más adelante se repartirá entre las diferentes categorías de trabajos previstos , como se indica en la lista enumerativa de los documentos justificativos de la presente solicitud de pago ( anexo 2 ) (2) .

6 . En las dependencias correspondientes , ha sido comprobado por ... que los trabajos y acciones realizados concuerdan con los descritos en la decisión de ayuda de la Comisión , excepto los que afectan a las categorías ... , para las que se dan explicaciones en el anexo 3 de este certificado .

7 . La participación financiera del beneficiario y la del Estado miembro se ajustan a las disposiciones de los apartados 2 , 3 y 4 del artículo 15 del Reglamento ( CEE ) n º 2908/83 .

8 . Las respuestas a las condiciones particulares indicadas en el anexo de la decisión de concesión de ayuda , transmitidas a la Comisión el ... , concuerdan con la realidad de los hechos (3) .

9 . Los documentos justificativos controlados se depositarán en ...

Establecido en ... el ...

Por la autoridad intermediaria

... ( Firma )

(1) Denominación de la autoridad intermediaria .

(2) En el caso de que la ayuda se desglose en varios subproyectos , la lista enumerativa de los documentos justificativos , el plan de financiación y los cuadros comparativos se establecerán separadamente para cada subproyecto .

(3) Este punto afecta sólo a las solicitudes de pago de la totalidad de la ayuda .

MODELO 5

ANEXO 1 AL CERTIFICADO , RELATIVO A LA FINANCIACION DE LOS GASTOS EFECTUADOS

Financiación de los gastos efectuados hasta el ...

PROYECTO N º ... Título ...

1 . Participación del/de los beneficiario(s)

- Capitales propios ...

- Prestaciones en especie (1) ...

- Préstamos (2) ...

2 . Participación del Estado miembro

- Subvención en capital ...

- Préstamos a tipos reducidos (3) ( duración : ... ; tipo ... ) ...

- Otras ayudas ...

3 . Otras participaciones (4)

- ...

- ...

4 . Total ...

Fecha : ...

Firma : ...

(1) Indicar las bases de cálculo .

(2) Condiciones del empréstito ( Deberán presentarse los datos de cada empéstito ) :

- importe en moneda nacional ,

- organismo de créditos ,

- duración de la concesión ,

- tipo a cargo de los beneficiarios ,

- número de puntos de bonificación ,

- período de franquicia ,

- modo de reembolso ( AC ) ( PE ) ,

- reembolso : anual , semetral , trimestral , mensual .

(3) Importe ya comprendido en el punto 1 .

(4) En lo que afecta a la ayuda , indíquese sólo los importes ya percibidos por el beneficiario .

MODELO 6

ANEXO 2 - LISTA ENUMERATIVA DE LOS DOCUMENTOS CONTABLES

A . BUQUES

( período del ... al ... )

Categoría Número Objeto Costes previstos según gasto estimado Documentos contables (1) (4) Modo (2) Fecha (3) Importe sin el IVA recuperable

Número de ... a ... Fecha de ... a ... Emitidos por Importe sin el IVA recuperable

A 1 Casco

B 1 Superestructuras

C 1 Acondicionamientos internos

Total A , B , C

D 1 Motor principal

2 Motor auxiliar

3 Otros

Total D

E 1 Equipos de tratamiento de pescado

F 1 Equipo frigorífico

Total E , F

G 1 Radar

2 Lorán

3 Sondeador

4 Radio

5 Gonio

6 VHF

7 Otros

Total G

H 1 Redes de pesca

2 Otras artes

Total H

I 1 Otros trabajos comprendidos en otra parte

TOTAL DE LOS COSTES DE INVERSION SIN IMPUESTOS

Gastos generales , imprevistos

IVA no recuperable ( eventualmente )

TOTAL GENERAL DEL COSTE DE LOS TRABAJOS PROYECTADOS

(1) Deberán indicarse todos los documentos relativos a la realización del proyecto financiado .

(2) Cuando los gastos hayan sido contabilizados y/o pagados antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda a la Comisión , se indicarán las razones de ello . Deberá precisarse la naturaleza y el volumen de los trabajos anticipados , así como las fechas de encargo , entrega e instalación de las máquinas . ( No afecta a la construcción de barcos ) .

(3) La fecha que se indicará es la del pago efectivo y no la del vencimiento de una deuda , por ejemplo en el caso de pago por medio de letras .

(4) El cuadro que precede deberá adjuntarse al certificado para el pago del saldo o de la totalidad de la ayuda o en el momento en el que la tasa de realización de los trabajos sea de un 80 % o más .

Fecha : ...

Firma : ...

ANEXO 2 - LISTA ENUMERATIVA DE LOS DOCUMENTOS CONTABLES ( continuación )

B . ACUICULTURA

Costes previstos según gasto estimado Documentos contables (1) (2) (4) Pagos efectuados

Número de ... a ... Fecha de ... a ... Emitidos por Objeto del gasto Importe sin el Iva Modo de pago Fecha (3) Importe pagado sin el IVA

a ) Trabajos de infraestructura :

- movimientos de tierras/drenaje

- diques

- vías de comunicación , accesos , etc.

- estación de bombeo

- preparación de los suelos

- otros

b ) Construcción de altura :

- criadero ( comprendidos los estanques )

- almacenamiento/preparación de alimentos

- tratamientos de expedición

- servicios

- otros

c ) Estanques de cultivos (2) :

- de tierra/conglomerados

- de hormigón armado

- otros

d ) Jaulas

e ) Conchicultura : equipo de captación o cultivo

f ) Equipos/máquinas

g ) Equipos de señalización , vigilancia o protección ( precisar )

h ) Otras inversiones

i ) Medios de transporte internos

j ) Medios de transporte externos

k ) Embarcaciones de servicio

TOTAL DE LOS COSTES DE INVERSION ( sin incluir el IVA )

Gastos generales , imprevistos

IVA no recuperable

TOTAL GENERAL DEL COSTE DE LOS TRABAJOS PREVISTOS

(1) Deberán indicarse todos los documentos relativos a la realización del proyecto financiado .

(2) Cuando los gastos hayan sido contabilizados y/o pagados antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda a la Comisión , se indicarán las razones de ello . Deberá precisarse la naturaleza y el volumen de los trabajos anticipados , así como las fechas de encargo , entrega e instalación de las máquinas . ( No afecta a la construcción de barcos ) .

(3) La fecha que se indicará es la del pago efectivo y no la del vencimiento de una deuda , por ejemplo en el caso de pago por medio de letras .

(4) El cuadro que precede deberá adjuntarse al certificado para el pago del saldo o de la totalidad de la ayuda o en el momento en el que la tasa de realización de los trabajos sea de un 80 % o más .

Fecha : ...

Firma : ...

ANEXO 2 - LISTA ENUMERATIVA DE LOS DOCUMENTOS CONTABLES ( continuación )

C . ESTRUCTURAS ARTIFICIALES

Costes previstos según gasto estimado Documentos contables (1) (2) (4) Pagos efectuados

Número de ... a ... Fecha de ... a ... Emitidos por Objeto del gasto Importe sin el Iva Modo de pago Fecha (3) Importe pagado sin el IVA

a ) Medidas o trabajos complementarios previos a la instalación :

- prospección , sondeo , balizamiento , dragado :

- inspección , trabajos submarinos :

- estudios físicos , químicos , geotécnicos y biológicos :

- otros

Total a )

b ) Creación de estructuras artificiales :

- construcción o compra de elementos componentes :

- módulos artificiales/relleno :

- peñascos :

- elementos metálicos o plásticos :

- otros

- transporte

- montaje y colocación , inmersión :

- material de servicio ( embarcaciones ) arriendo o compra :

- equipo de señalización y protección :

- otras inversiones :

Total b )

c ) Gastos relativos al seguimiento de la evolución de las instalaciones en los 3 años siguientes a la realización :

- haliéutica :

- ecológica :

- socioeconómica

Total c )

TOTAL DE LOS COSTOS DE INVERSION ( a + b + c ) ( EXCLUIDO EL IVA )

Gastos generales , imprevistos , etc. , (2)

IVA no recuperable

TOTAL GENERAL DEL COSTE DE LOS TRABAJOS PROYECTADOS

(1) Deberán indicarse todos los documentos relativos a la realización del proyecto financiado .

(2) Cuando los gastos hayan sido contabilizados y/o pagados antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda a la Comisión , se indicarán las razones de ello . Deberá precisarse la naturaleza y el volumen de los trabajos anticipados , así como las fechas de encargo , entrega e instalación de las máquinas . ( No afecta a la construcción de barcos ) .

(3) La fecha que se indicará es la del pago efectivo y no la del vencimiento de una deuda , por ejemplo en el caso de pago por medio de letras .

(4) El cuadro que precede deberá adjuntarse al certificado para el pago del saldo o de la totalidad de la ayuda o en el momento en el que la tasa de realización de los trabajos sea de un 80 % o más .

Fecha : ...

Firma : ...

MODELO 7

ANEXO 3 AL CERTIFICADO , RELATIVO A LA EXPLICACION DE LAS DIFERENCIAS ENTRE TRABAJOS PREVISTOS Y TRABAJOS REALIZADOS

Trabajos y acciones previstos conforme al expediente inicial Trabajos y acciones realizados Justificación de los cambios

Breve descripción Coste Breve descripción Coste

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 13/02/1984
  • Fecha de publicación: 16/02/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 09/03/1984
Referencias anteriores
Materias
  • Acuicultura
  • Ayudas
  • Construcciones navales
  • Inversiones
  • Pesca

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