( 83/581/CEE )
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo , de 26 de junio de 1964 , relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1) , modificada en último lugar por la Directiva 82/893/CEE (2) y , en particular , el punto c ) del apartado 1 del artículo 4 quater ,
Vista la Directiva 72/461/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de carnes frescas (3) , modificada en último lugar por la Directiva 82/893/CEE y , en particular , el apartado 2 del artículo 13 bis ,
Considerando que , por la Decisión 82/838/CEE (4) , el Consejo ha reconocido a determinadas partes del territorio de la República Federal de Alemania como oficialmente indemnes de peste porcina o indemnes de peste porcina ;
Considerando que se ha comprobado la existencia de focos de peste porcina clásica en determinadas partes del territorio de la República Federal de Alemania mencionadas en los Anexos I y II de la Decisión 82/838/CEE ;
Considerando que , por la Decisión 83/74/CEE (5) , la Comisión ha suspendido por un período de quince días el estatuto de oficialmente indemne de peste porcina o indemne de peste porcina de las partes afectadas del territorio alemán ;
Considerando que , teniendo en cuenta la evolución epidemiológica de la enfermedad , la Comisión , por la Decisión 83/117/CEE (6) , ha prolongado temporalmente para determinadas regiones dichos períodos de suspensión por encima de los quince días inicialmente previstos ;
Considerando que , desde entonces , el análisis de la situación epidemiológica permite considerar que la enfermedad persiste en determinadas circunscripciones y que es necesario retirar a dichas circunscripciones el
estatuto de oficialmente indemnes de peste porcina ;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión concuerdan con el dictamen del Comité veterinario permanente ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :
Artículo 1
Se retirará a las regiones enumeradas en el Anexo el estatuto de las partes del territorio de la República Federal de Alemania reconocidas como oficialmente indemnes de peste porcina tal como se define en el punto c ) del apartado 1 del artículo 4 quater de la Directiva 64/432/CEE .
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .
Hecho en Bruselas , el 17 de noviembre de 1983 .
Por la Comisión
Poul DALSAGER
Miembro de la Comisión
(1) DO n º 121 de 29 . 7 . 1964 , p. 1977/64 .
(2) DO n º L 378 de 31 . 12 . 1982 , p. 57 .
(3) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 24 .
(4) DO n º L 352 de 14 . 12 . 1982 , p. 27 .
(5) DO n º L 47 de 19 . 2 . 1983 , p. 29 .
(6) DO n º L 76 de 22 . 3 . 1983 , p. 22 .
ANEXO
Regiones de la República Federal de Alemania a las que se retira el estatuto de oficialmente indemnes de peste porcina
El Regierungsbezirk de Colonia .
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