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( 82/868/CEE )
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado por el que se constituye un Consejo unico y una Comision unica de las Comunidades Europeas y , en particular , su articulo 6 ,
Considerando que procede adaptar las cuantias de las indemnizaciones diarias concedidas a los miembros del Comité economico y social , asi como a los suplentes y expertos con arreglo al Reglamento interno del Comité economico y social , fijadas por la Decision 81/121/CEE ( 1 ) ,
DECIDE :
Articulo 1
La Decision 81/121/CEE se modifica como sigue :
- en el primer guion del articulo 2 , la cantidad de 3 300 BFR se sustituye por la cantidad de 3 450 BFR ,
- en el segundo guion del articulo 2 , la cantidad de 2 475 BFR se sustituye por la cantidad de 2 600 BFR .
Articulo 2
La presente Decision surtira efecto el 1 de enero de 1983 .
Hecho en Bruselas , el 3 de diciembre de 1982 .
Por el Consejo
El Presidente
Ch . CHRISTENSEN
( 1 ) DO n L 67 de 12 . 3 . 1981 , p . 29 .
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