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Documento DOUE-L-1981-80488

Directiva del Consejo, de 17 de noviembre de 1981, por la que se modifica la Directiva 74/651/CEE relativa a las franquicias fiscales aplicables a la importación de mercancías objeto de pequeños envíos sin carácter comercial en el interior de la Comunidad.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 338, de 25 de noviembre de 1981, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1981-80488

TEXTO ORIGINAL

( 81/934/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 99 y 100 ,

Vista la propuesta de la Comisión (1) ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,

Visto el dictamen del Comité económico y social (3) ,

Considerando que la fijación del contravalor en moneda nacional de la franquicia fiscal prevista por la Directiva 74/651/CEE del Consejo , de 19 de diciembre de 1974 , relativa a las franquicias fiscales aplicables a la importación de mercancías objeto de pequeños envíos sin carácter comercial en el interior de la Comunidad (4) , cuya última modificación la constituye la Directiva 78/1034/CEE (5) , daría por resultado una reducción en moneda nacional de la franquicia aplicable en un Estado miembro ; que , en las circunstancias actuales , conviene evitar tal reducción ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

En la letra d ) del apartado 2 del artículo 1 de la Directiva 74/651/CEE , la expresión « sesenta unidades de cuenta europeas » será sustituida por « sesenta ECUS » .

Artículo 2

1 . Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para cumplir la presente Directiva a partir del 1 de enero de 1982 .

2 . Los Estados miembros comunicarán a la Comisión las disposiciones que adopten para la aplicación de la presente Directiva .

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 17 de noviembre de 1981 .

Por el Consejo

El Presidente

G. HOWE

(1) DO n º C 350 de 31 . 12 . 1980 , p. 21 .

(2) DO n º C 144 de 15 . 6 . 1981 , p. 76 .

(3) DO n º C 159 de 29 . 6 . 1981 , p. 5 .

(4) DO n º L 354 de 30 . 12 . 1974 , p. 57 .

(5) DO n º L 366 de 28 . 12 . 1978 , p. 33 .

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 17/11/1981
  • Fecha de publicación: 25/11/1981
  • Cumplimiento a más tardar el 1 de enero de 1982.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 92/12, de 25 de febrero (Ref. DOUE-L-1992-80363).
  • Fecha de derogación: 31/12/1992
Referencias anteriores
  • MODIFICA la letra D del art. 1.2 de la Directiva 74/651, de 19 de diciembre (Ref. DOUE-L-1974-80186).
Materias
  • Importaciones
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuestos Especiales
  • Mercancías

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