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Documento DOUE-L-1980-80012

Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre de 1979, relativa a las medidas de vigilancia y de protección para cuya adopción podrán ser autorizados los Estados miembros respecto a la importación de ciertos productos originarios de terceros países y despachados a libre práctica en otro Estado miembro.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 16, de 22 de enero de 1980, páginas 14 a 17 (4 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1980-80012

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 20/12/1979
  • Fecha de publicación: 22/01/1980
  • Aplicable desde El 1 de abril de 1980.
  • Fecha de derogación: 01/10/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA Decisión 71/202, de 12 de mayo (DOCE L 121, de 3.6.1971).
  • CITA Decisión 73/55, de 9 de marzo (DOCE L 80, de 28.3.1973).
Materias
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Mercados
  • Mercancías
  • Restituciones a la importación

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