( 74/591/Euratom )
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y , en particular , su artículo 48
Visto el dictamen de la Comisión ,
Visto el informe de la Comisión ,
Vista la propuesta de la Comisión ,
Considerando que la Empresa Común « Société belgo-française d'énergie nucléaire mosane » ( SEMO ) , constituida por Decisión del Consejo , de 26 de noviembre de 1974 , para una duración de 25 años , tiene por objeto construir , montar y explotar una central nuclear de 870 MWe de potencia en Tihange , provincia de Lieja , Bélgica ;
Considerando que dicha sociedad ha solicitado la concesión de algunas de las ventajas previstas en el Anexo III del Tratado ;
Considerando que la instalación de la central de Tihange se reflejará en la creación de organizaciones comunes belgo-francesas , tanto de los productores de electricidad , que garantizan el manejo y la explotación en común de la central , como de las empresas encargadas de su construcción ;
Considerando que la instalación de la central acelerará la implantación en territorio belga de la red europea de 380 kV precisa para la integración de las centrales de gran potencia ;
Considerando los efectos favorables de esta cooperación ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :
Artículo 1
Se concederá a la Empresa común « Société belgo-française d'énergie nucléaire mosane » ( SEMO ) , por un período de 25 años a partir del momento en que la presente decisión surta efecto , las ventajas enumeradas en los puntos 1 , 7 , 8 del Anexo III del Tratado .
Artículo 2
La concesión de las ventajas a que se refiere el artículo 1 no estará sujeta a ninguna contrapartida .
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros y la « Société belgo-française d'énergie nucléaire mosane » ( SEMO ) .
Hecho en Bruselas , el 26 de noviembre de 1974 .
Por el Consejo
El Presidente
J. LECANUET
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid