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Habiéndose detectado tres erratas en la versión en castellano de la Ley 13/2026, de 3 de agosto, de modificación del Código civil de Cataluña en materia de apoyos al ejercicio de la capacidad jurídica de las personas, publicada en el DOGC núm. 9722, de 4 de agosto de 2026, procede realizar las siguientes correcciones:
En el apartado 3 del artículo 221-35,
Donde dice:
“»3. La rendición anual de cuentas consiste en un detallado estado de los ingresos y gastos, un inventario del activo y el pasivo del patrimonio al fin del ejercicio y el detalle de los cambios con relación al inventario del año anterior, acompañado de los correspondientes justificantes. correspondientes.”
debe decir:
“»3. La rendición anual de cuentas consiste en un detallado estado de los ingresos y gastos, un inventario del activo y el pasivo del patrimonio al fin del ejercicio y el detalle de los cambios con relación al inventario del año anterior, acompañado de los correspondientes justificantes.”
En el apartado 4 de la disposición final segunda, que modifica el apartado 4 del artículo 211-12,
Donde dice:
“»4. No se precisa la autorización judicial con relación a los bienes…»”
debe decir:
“»4. No se precisa el asentimiento con relación a los bienes…»”
En el apartado 5 de la disposición final segunda, que modifica el apartado 1 del artículo 212-3,
Donde dice:
“»1. La persona mayor de edad con plena capacidad de obrar puede expresar en un documento...”
debe decir:
“»1. La persona mayor de edad puede expresar en un documento...”
Palacio del Parlamento, 10 de septiembre de 2026
Rosa Maria Ibarra Ollé
Secretaria tercera
Josep Rull i Andreu
Presidente
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