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ANÁLISIS
Rango: Ley
Fecha de disposición: 30/07/2025
Fecha de publicación: 31/07/2025
Fecha de entrada en vigor: 20/08/2025
Entrada en vigor: 20 de agosto de 2025, salvo lo indicado en la disposición final 10, que tendrá efectos desde el 1 de enero de 2026.
Referencias anteriores
MODIFICA:
con efectos desde el 1 de enero de 2025, el art. 612-3 del libro sexto del Código tributario de Catalunya, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-2024-6951).
el art. 3 de la Ley 33/2010, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2010-16137).
el art. 72 de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril (Ref. DOGC-f-2003-90008).
el art. 9 de la Ley del Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2003, de 8 de enero (Ref. DOGC-f-2003-90001).
el art. 9.2 de la Ley 28/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-2409).
el art. 8 del Decreto 466/2004, de 28 de septiembre (DOGC núm. 4291, de 30 de diciembre de 2004).
los arts. 3 y 7 del Decreto 201/2015, de 15 de septiembre (DOGC núm. 6958, de 17 de septiembre de 2015).
DE CONFORMIDAD con los arts. 65 y 67 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).