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Documento BORM-s-2017-90294

Corrección de errores de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2017.

Publicado en:
«BORM» núm. 46, de 25 de febrero de 2017, páginas 8752 a 8753 (2 págs.)
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BORM-s-2017-90294

TEXTO ORIGINAL

Detectados errores en la Ley 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 7, de 11 de enero de 2017, debe procederse a la corrección en los siguientes términos:

Donde dice:

CONSORCIOS ADSCRITOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA REGIONAL EUROS
Consorcio Campos Universitario de Lorca. 402.500
Consorcio Gestión de Residuos Sólidos Región de Murcia. 9.545.245
Consorcio Marina de Cope. 500
Consorcio de las Vías Verdes de la Región de Murcia. 136.000
Consorcio Depósito Franco de Cartagena. 167.765
   TOTAL. 1.025.201,00

Debe decir:

CONSORCIOS ADSCRITOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA REGIONAL EUROS
Consorcio Campos Universitario de Lorca. 402.500
Consorcio Gestión de Residuos Sólidos Región de Murcia. 9.545.245
Consorcio Marina de Cope. 500
Consorcio de las Vías Verdes de la Región de Murcia. 136.000
Consorcio Depósito Franco de Cartagena. 167.765
   TOTAL. 10.252.010

– En la página 2123, disposición final primera, referente a «modificaciones del Texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia», apartado cuatro:

Donde dice:

«Cuatro. Se modifica el párrafo c) del artículo 29.2, que queda redactado en los siguientes términos:

c) Los presupuestos administrativos, de explotación, y de capital, de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional, que se determinan en el artículo 57.4 y en las disposiciones adicionales segunda y tercera».

Debe decir:

«Cuatro. Se modifica el párrafo c) del artículo 29.2, que queda redactado en los siguientes términos:

c) Los presupuestos administrativos, de explotación, y de capital, de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional, que se determinan en el artículo 57.1 y en las disposiciones adicionales segunda y tercera».

– En la página 2121, disposición adicional trigésima novena, referente a «Condonación de deudas de usuarios de la prestación farmacéutica ambulatoria»; de acuerdo con la solicitud de la Consejería de Sanidad y el informe del Servicio Murciano de Salud, que se adjuntan:

Donde dice:

«Se condonan todas las deudas relacionadas en el Anexo de la Resolución dictada por el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, de fecha 1 de octubre de 2016, relativa a reintegro por pago indebido, como consecuencia de errores materiales advertidos en la gestión de los procedimientos de devolución de gastos por excesos de aportación del usuario en la prestación farmacéutica ambulatoria, previstos en el artículo 4 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de las prestaciones. El importe global de las deudas condonadas asciende a 285.057,14 euros, afectando a un total de 5.694 deudores que ostentan la condición de usuarios con derecho a la asistencia sanitaria pública a cargo del Servicio Murciano de Salud».

Debe decir:

«Se condonan todas las deudas relacionadas en el Anexo de la Resolución dictada por el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, de fecha 2 de noviembre de 2016, relativa a reintegro por pago indebido, como consecuencia de errores materiales advertidos en la gestión de los procedimientos de devolución de gastos por excesos de aportación del usuario en la prestación farmacéutica ambulatoria, previstos en el artículo 4 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de las prestaciones. El importe global de las deudas condonadas asciende a 285.057,14 euros, afectando a un total de 5.694 deudores que ostentan la condición de usuarios con derecho a la asistencia sanitaria pública a cargo del Servicio Murciano de Salud».

Murcia, a 22 de febrero de 2017.—El Presidente, Pedro Antonio Sánchez López.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/02/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 1/2017, de 9 de enero (Ref. BOE-A-2017-2229).
Materias
  • Créditos Presupuestarios
  • Empresas públicas
  • Gastos
  • Gestión presupuestaria
  • Murcia
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Servicios Públicos de Salud
  • Sociedades públicas

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