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BDNS(Identif.):817903
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/817903)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas todas las Federaciones Deportivas Españolas (FFDDEE) que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos encuadrados en alguna de las finalidades previstas en ella.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
El objeto se centra en conceder subvenciones, en modalidad de concurrencia competitiva a Federaciones Deportivas Españolas, apoyando proyectos de estas en su modalidad y/o especialidad deportiva incluidos en los programas de Juegos Olímpicos y Juegos Paralímpicos, Milán/Cortina 2026 o Los Ángeles 2028, y/o estén clasificadas en alguno de los programas TEAM ESPAÑA o TEAM ESPAÑA FUTURO del Consejo Superior de Deportes, destinadas a la digitalización en proyectos, deportistas, equipos, estructuras técnicas y/o actividades incluidas en los programas TEAM ESPAÑA ELITE y/o FUTURO, así como proyectos especiales de la las FFDDEE con los clubes, a través de:
a) La monitorización de la salud y recuperación física.
b) La obtención y análisis de datos para la mejora en el rendimiento deportivo.
c) La obtención y análisis de datos para el desarrollo de procesos de entrenamiento y tecnificación deportiva de deportistas en proyectos, deportistas, equipos, estructuras técnicas y/o actividades incluidas en los programas TEAM ESPAÑA ELITE y/o FUTURO.
d) La digitalización del proceso de entrenamiento deportivo en cualquiera de sus facetas.
e) La digitalización como sistema de inclusión, accesibilidad y seguridad.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones prevista en esta convocatoria se regirá por la presente Resolución, por la Orden CUD/1008/2023, de 23 de agosto, por la que se modifica la Orden CUD/684/2023, de 15 de junio.
URL Bases reguladoras: https://www.boe.es/eli/es/o/2023/08/23/cud1008
Cuarto: Cuantía.
El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de hasta 6.000.000,00 €, con el siguiente desglose:
A la aplicación presupuestaria 24.106.33ZA.789 "A Federaciones Deportivas Españolas, para gastos de inversión", hasta 4.000.000,00 €.
A la aplicación presupuestaria 24.106.33ZA.484 "A Federaciones Deportivas Españolas, para gastos corrientes", hasta 2.000.000,000.00 €.
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.E. de la presente Resolución.
En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica:
https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento=59&idRes=550.
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 21 de febrero de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodriguez Uribes.
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