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BDNS(Identif.):851163
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851163)
Primero: Objeto
Las presentes bases tienen como objeto establecer la concesión, seguimiento y justificación de las ayudas para la internacionalización de las galerías de arte, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se corresponden con el componente C24 Inversión 1, contribuyendo al objetivo 475.
Las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, están dirigidas a financiar la asistencia de galerías de arte a ferias en el extranjero, con el objetivo de contribuir a un mayor conocimiento del arte español en todo el mundo. Se considerarán ferias en el extranjero aquellas que se celebren en cualquier estado distinto de España.
Segundo: Entidades o personas beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas las entidades o personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que realicen las actividades a las que se refiere el apartado 24. 2 de la convocatoria, y cumplan los requisitos establecidos en la presente orden y en la normativa vigente en materia de subvenciones.
No podrán obtener la condición de entidad o persona beneficiaria aquellas en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones. Las obligaciones de las entidades o personas beneficiarias serán las establecidas en el artículo 6, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 9.
Tercero: Bases Reguladoras
La concesión de las ayudas se rige según lo establecido en la Orden de 6 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la internacionalización de las galerías de arte, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente a 2025.
Cuarto: Cuantía
El importe de esta convocatoria asciende a 700.000 de euros con cargo a los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y se imputará a la aplicación presupuestaria 24.50.05.33XA.470.
La ayuda concedida tendrá como límite 50.000 euros por proyecto, y en ningún caso superará el 80% del coste total del proyecto presentado.
Quinto: Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de agosto de 2025.- D. Ernest Urtasun Domenech, Ministro de Cultura.
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