Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-B-2025-25662

Extracto de Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del arte contemporáneo español, correspondientes a 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 5 de julio de 2025, páginas 39233 a 39234 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2025-25662

TEXTO

BDNS (Identif.): 843610.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/843610)

Primero.- Objeto.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por delegación del Secretario de Estado de Cultura, de acuerdo con el Apartado Cuarto d) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre la fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, convoca para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 las ayudas destinadas a la promoción del arte contemporáneo español mediante el apoyo a las galerías de arte, con el objetivo de impulsar al sector cultural español, promoviendo la circulación y visibilidad de obras y artistas españoles, las prácticas empresariales y el desarrollo económico del sector de las artes visuales en su conjunto.

1. Las ayudas destinadas a la promoción del arte contemporáneo español mediante el apoyo a las galerías de arte tienen por objetivos:

- Impulsar al sector cultural español, promoviendo la circulación y visibilidad de obras y artistas españoles, las prácticas empresariales y el desarrollo económico del sector de las artes visuales en su conjunto.

- Dinamizar la actividad, favorecer el crecimiento y desarrollo económico de las estructuras que conforman el sector artístico, a través del apoyo financiero a la programación propia en las galerías de arte.

2. Las líneas de ayuda que se pueden solicitar en la presente convocatoria son:

A - Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España. Se considerarán ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España, aquellas que, dedicadas mayoritariamente al arte de los siglos XX y XXI y celebradas en España, cuenten con presencia de países extranjeros entre los asistentes a la edición de 2025 desde el 1 de enero hasta el 31 diciembre 2025.

B - Programación anual en galerías de arte: realización de proyectos expositivos como parte de la programación anual de exposiciones en los espacios propios de las galerías y otros espacios vinculados al arte contemporáneo. Por programación anual se entenderá todas aquellas exposiciones que hayan estado abiertas al público entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, independientemente de que sus fechas de inauguración y clausura se hubieran realizado en otra anualidad.

Los proyectos respetarán la normativa reguladora en materia de propiedad intelectual, en particular, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y su normativa de desarrollo (BOE núm. 97, de 22 de abril de 1996).

Segundo.- Condición de persona beneficiaria.

1. Podrán solicitar estas ayudas las personas jurídicas y las personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que realicen las actividades a las que se refiere el apartado Primero.2, tengan residencia fiscal en España y cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la normativa vigente en materia de subvenciones.

2. Quedan excluidas las Entidades que integran el Sector Público, entendidas en el sentido previsto en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los consorcios, mancomunidades u otras personificaciones públicas constituidas mayoritariamente por dichas Administraciones Públicas, las entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. Publicada en el B.O.E. núm. 275, de 13 de noviembre de 2010.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 300.000 €. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 24.05.333B.471, repartido en dos líneas según el tipo de proyecto, con la siguiente distribución:

A - Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España: 150.000 €.

B - Programación anual en galerías de arte: 150.000 €.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de junio de 2025.- La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, María Ángeles Albert de León.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid