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Documento BOE-B-2025-25049

Extracto de la Resolución de 27 de junio de 2025 de la Dirección General del Instituto de la Juventud, por la que se convocan ayudas para la realización de las actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de educación no formal, línea de Juventud, del Programa «Erasmus+», para 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 2 de julio de 2025, páginas 38393 a 38395 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Juventud e Infancia
Referencia:
BOE-B-2025-25049

TEXTO

BDNS(Identif.):842745

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842745)

Publicadas mediante Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre (BOE nº 233 de 29 de septiembre de 2021), por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Erasmus+», capítulo de Juventud, modificada mediante Orden DSA/619/2023, de 6 de junio, se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2025, en régimen de concurrencia competitiva,

1.- Convocatoria y cuantías

a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo para 2025, el importe asignado para la gestión del ámbito de la Juventud del Programa Erasmus+ durante 2025 en régimen de concurrencia competitiva asciende a 27.347.075,00 Euros. Su distribución entre las diferentes acciones es la siguiente:

Acción clave 1.- Oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151); Proyectos de movilidad para jóvenes (KA152) y para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153):   17.632.891 euros

Acción clave 1.- Actividades de participación juvenil (KA154):  2.623.142 euros

Acción clave 1.- Acción de Inclusión de DiscoverEU (KA155):  569.395 euros

Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación (KA220): 4.640.998 euros

Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación a pequeña escala (KA210):  1.880.649 euros

b) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

2.- Distribución de las ayudas convocadas.

Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.

3.- Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.

Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.

Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus//).

4.- Plazo de presentación de solicitudes.

Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas.

Para la Acción clave 1.- Movilidad en el ámbito de la juventud, los plazos serán los siguientes:

Para oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151):

Hasta el 12 de febrero de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen a partir del 1 de junio de 2025.

Para proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), y Actividades de participación juvenil (KA154):

Hasta el 12 de febrero de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2025.

Hasta el 1 de octubre de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2026.

Para proyectos para la acción de inclusión de DiscoverEU (KA155):

Hasta el 12 de febrero de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de marzo de 2026.

Hasta el 1 de octubre de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2026.

- Para la Acción clave 2.- Asociaciones para la cooperación (KA220) y asociaciones a pequeña escala (K210), el plazo será el siguiente:

Hasta el 5 de marzo de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025.

Se admitirán todas las solicitudes recibidas en los plazos indicados que hayan tenido entrada en la plataforma online habilitada por la Comisión Europea para el Programa Erasmus+ antes de la fecha de aprobación de esta resolución, de acuerdo con lo establecido en la Guía del Programa y en la Convocatoria de Propuestas de la Comisión Europea 2025, EAC/A08/2024 publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 19 de noviembre de 2024.

5.- Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión.

1. El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del Programa "Erasmus+" es desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea, a través de proyectos que promuevan la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea, potencien la solidaridad y promuevan la inclusión, favorezcan el entendimiento mutuo entre jóvenes, contribuyan a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud y favorezcan la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

2. La presente convocatoria de subvenciones se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio al que está adscrito el Instituto de la Juventud, el Ministerio de Juventud e Infancia, contribuyendo a la consecución de sus objetivos estratégicos: promocionar los servicios sociales y el fomento de la cooperación con las organizaciones no gubernamentales e impulsar el voluntariado social; contribuir a la promoción y el desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad; promover la igualdad de oportunidades entre los jóvenes y favorecer su participación en el desarrollo político, social, económico y cultural de España; impulsar y cooperar en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. El cumplimiento de los citados objetivos se medirá según los indicadores establecidos en el Plan Estratégico.

3. Se podrán solicitar proyectos en las siguientes líneas de acción:

Línea de acción de movilidad, que puede comprender las siguientes acciones: proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), actividades de participación juvenil (KA154), así como la acción de inclusión de la iniciativa DiscoverEU (KA155).

Línea de acción para la Cooperación, que puede comprender las siguientes acciones: Asociaciones de cooperación (KA220) y Asociaciones a pequeña escala (KA210).

Línea de acción de proyectos de movilidad para organizaciones Erasmus+ acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151). El Programa Erasmus+ habilita a las organizaciones a presentar solicitudes de acreditación que facilita la movilidad en el ámbito de la juventud, proporcionando a las organizaciones acreditadas un formato alternativo simplificado y flexible para llevar a cabo actividades de intercambio juvenil o de movilidad de trabajadores en el ámbito de la juventud.

Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración específicos para cada Acción y actividad, que se detallan en la Guía del Programa Erasmus+.

Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus//. para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes.

Madrid, 27 de junio de 2025.- Margarita Guerrero Calderón. Directora General del Instituto de la Juventud.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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