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BDNS(Identif.):750851
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750851)
El 13 de junio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, número 143, el extracto de la "Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convoca las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital de las pequeñas y medianas empresas del segmento A, B y C en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el PRTR -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU(Programa Agentes del Cambio-Kit Consulting)", modificado posteriormente por el extracto de la Resolución de 22 de agosto de 2024 publicado en Boletín Oficial del Estado, número 205, de 24 de agosto de 2024, así como por el extracto de la Resolución de 9 de octubre de 2024 publicado en Boletín Oficial del Estado, número 247, de 12 de octubre de 2024, por el extracto la Resolución de 20 de diciembre de 2024 publicado en Boletín Oficial del Estado, número 22, de 25 de octubre de 2025, y por el extracto la Resolución de 25 de febrero de 2025, publicado en Boletín Oficial del Estado, número 50, de 27 de febrero de 2025.
Mediante Resolución de 21 de mayo de 2025 de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es se ha acordado nuevamente modificar las cuantías fijadas en al convocatoria, incrementando el importe máximo total de las ayudas reguladas en la Convocatoria a la cantidad de doscientos noventa millones quinientos doce mil ochenta y ocho euros (290.512.088,00 €), aumentando la cantidad asignada al "Segmento A: Empresas entre 10 y menos de 50 empleados" en ocho millones quinientos doce mil ochenta y ocho euros (8.512.088,00 €), de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de la entidad y la aplicabilidad de fondos europeos. Esta misma resolución realiza una redistribución de las cuantías asignadas a los distintos segmentos, conforme a las previsiones incluidas en la referida Convocatoria y Bases Reguladoras. En la misma Resolución se ha acordado modificar el plazo máximo para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento, con el objetivo de conceder a los beneficiarios el tiempo adecuado para que realicen las gestiones necesarias para la formalización de los mencionados acuerdos una vez que se notifique la resolución de concesión de la ayuda.
Como consecuencia de ello, el punto 1 y 2 del apartado Cuarto "Cuantía", y el punto 4 del apartado "Sexto" del extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024 pasan a tener la siguiente redacción:
Cuarto. Importe:
1. El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria asciende a la cantidad de doscientos noventa millones quinientos doce mil ochenta y ocho euros (290.512.088,00 €), ampliables mediante Resolución del órgano competente en virtud del artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, dentro de los créditos disponibles, que serán financiados a través de la correspondiente partida presupuestaria para la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en consonancia con el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la Unión, y que las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste. Asimismo, será de aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El presupuesto contemplado en el punto anterior, por importe de doscientos noventa millones quinientos doce mil ochenta y ocho euros (290.512.088,00 €), se distribuirá entre los segmentos A, B y C de la siguiente forma:
Segmento A, Empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 183.682.803,28 €
Segmento B, Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 60.077.284,72 €
Segmento C, Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 46.752.000 €
En el caso de que algún segmento no agote el crédito destinado a las ayudas a fecha de la finalización del plazo presentación de solicitudes, el órgano concedente podrá distribuir el importe resultante entre los restantes segmentos publicando la distribución definitiva de créditos, que se realizará de manera proporcional a las solicitudes recibidas en cada segmento que hubiera agotado el crédito, teniendo en cuenta el importe del "bono de asesoramiento digital" de estos segmentos, sin que esto implique la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.
Sexto. Otros datos:
4. El plazo máximo para la formalización (elaboración y firma) del primer Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento asociados al «bono asesoramiento digital» por ambas partes será de 3 meses, contados desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda en la Sede Electrónica de Red.es. Para la formalización del segundo Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento y siguientes no le será de aplicación la restricción temporal anterior, tal y como se establece en el artículo 21.6 de las Bases Reguladoras. El plazo máximo para la presentación de Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento finalizará el 30 de septiembre de 2025 a las 23:59 horas. Trascurridos dichos plazos, el beneficiario perderá el derecho al cobro del importe de la subvención concedida que no figure asociada a los Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento debidamente formalizados
Madrid, 21 de mayo de 2025.- Por delegación de la Presidenta de la Entidad Pública Red.es, según Resolución 10 de noviembre de 2020, el Director General de la Entidad Pública Red.es, Jesús Herrero Poza.
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