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BDNS(Identif.):821048
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/821048)
La Orden APA/379/2023, de 8 de abril, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 93, de 19 de abril, que establece las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España, recoge en su artículo 4.1 que el titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación convocará los premios mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans) y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.
Primero. Objeto.
Convocar en régimen de concurrencia competitiva el Premio Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2025 que tiene como finalidad poner en valor y dar a conocer las bebidas espirituosas españolas con el sello de calidad diferenciada Indicación Geográfica (IG).
Segundo. Participantes.
Podrán participar en el premio las empresas autorizadas para la elaboración de bebidas espirituosas que tengan su sede situada dentro del territorio nacional.
Las bebidas espirituosas participantes serán de elaboración propia del concursante y deberán pertenecer a alguna de las Indicaciones Geográficas (IG) españolas reconocidas por la Unión Europea. Los elaboradores podrán concursar con varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada IG.
Tercero. Solicitud y forma de presentación.
Las solicitudes se dirigirán al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán, a través del registro electrónico de este Ministerio, en su sede electrónica asociada (https://sede.mapa.gob.es) mediante certificado electrónico válido y compatible con dicha sede electrónica, cumplimentando la información requerida en esta.
Si los beneficiarios son personas físicas, podrán optar por presentar las solicitudes en dicha sede electrónica asociada o bien presencialmente en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La solicitud, los anexos establecidos en la Orden de 17 de marzo de 2025 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se convoca el Premio Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2025, se acompañarán de una memoria según lo indicado en la citada orden.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden APA/379/2023, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.
Quinto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" hasta el 11 de abril de 2025, inclusive.
Sexto. Entrega de muestras.
Los elaboradores podrán remitir una única muestra por cada IG. Cada muestra estará compuesta por un mínimo de dos botellas de al menos 500ml.
Las muestras se remitirán, a portes pagados, a la sede de la Federación Española de Espirituosos en C/ Velázquez, 64-66 3ª Planta. 28001 Madrid.
Las fechas de entrega de las muestras serán del 28 de abril al 7 de mayo de 2025, en horario de 9 a 14h.
Madrid, 17 de marzo de 2025.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
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