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Documento BOE-B-2023-9069

Extracto de la Orden de 24 de marzo de 2023 por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales adscritas a los Planes de Emergencia Nuclear

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2023, páginas 14170 a 14172 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2023-9069

TEXTO

BDNS(Identif.):684238

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/684238)

Primero. Beneficiarios:

Entidades locales incluidas en la relación de municipios designados como «municipios zona I» y como sedes de «ECD» o «ABRS» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las instalaciones nucleares en las que la gestión del nivel exterior de respuesta de las emergencias que de ellas se deriven sean gestionadas por el Plan Básico de Emergencia Nuclear (PLABEN), que cuenten con un PAMEN aprobado por acuerdo del órgano competente de la entidad, previo informe del órgano ejecutivo del PEN, y ratificado por el director del PEN.

De acuerdo con la definición prevista en el artículo 3 de la Orden INT/701/2021, de 30 de junio (BOE núm 157, de 2 de julio), por "entidad local" se entenderá, de entre todas las entidades locales mencionadas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, solamente los municipios.

Los interesados solo podrán presentar una solicitud de subvención en el marco de esta convocatoria. Dicha solicitud deberá referirse exclusivamente a una de las tipologías de proyectos contempladas en el artículo 1.2 de esta convocatoria, excepto en el caso de que la solicitud se refiera tanto a un proyecto de la tipología prevista en el apartado "e" del artículo 1.2, como a otro proyecto de alguna de las tipologías restantes contempladas en dicho artículo.

Segundo. Objeto.

Promover la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a mejorar la dotación de las entidades locales incluidas en la relación de municipios designados como «municipios zona I» y como sedes de «ECD» o «ABRS» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN), con el fin de contribuir a hacer efectivas las previsiones de actuación contenidas en los correspondientes Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear (PAMEN).

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se destinarán a sufragar los gastos derivados de los siguientes proyectos:

a) Proyectos destinados a la instalación y/o renovación de los sistemas de comunicaciones y avisos a la población que pueda verse afectada en caso de emergencia nuclear, con el fin de garantizar que se avise a toda la población afectada de un modo rápido y eficaz.

b) Proyectos destinados a equipamiento y/o renovación de los Centros de Coordinación Operativa Municipal (CECOPAL), con el fin de que se dispongan de los medios adecuados para hacer frente a los efectos de una emergencia nuclear, incluyendo la informatización de los PAMEN, de modo que se facilite la utilización de los mismos en la gestión de emergencias.

c) Proyectos destinados a la adquisición de medios para su utilización por los servicios municipales, necesarios para una gestión adecuada de la emergencia, según lo establecido en el correspondiente Plan Municipal de Emergencia Nuclear.

d) Proyectos destinados exclusivamente a acondicionamiento de los viales (carreteras, vías de salida y acceso a la población y calles de los propios municipios) que, de acuerdo con lo especificado en los PAMEN, desempeñan un papel importante en desarrollo de las actividades previstas en el mismo tales como: facilitar la evacuación de personas, avisar a la población en caso de emergencia y efectuar la distribución de comprimidos para la profilaxis radiológica, así como facilitar el acceso a los equipos y medios necesarios. Quedarán excluidos de la actuación subvencionable los trabajos adicionales asociados a este tipo de proyectos, de reposición de servicios afectados, tales como redes de abastecimiento, saneamiento o riego, alumbrado, fibra, etc., a no ser que se justifique su necesidad en la operatividad y/o seguridad de los viales.

e) Proyectos destinados a mejora y equipamiento o renovación de las ECD existentes o adquisiciones de ECD portátiles, por parte de los municipios sede de ECD. Solo se considerarán subvencionables aquellos proyectos destinados a mejora y equipamientos de las ECD's, que guarden relación con las necesidades mínimas específicas de estas infraestructuras o medios según lo previsto en el PEN: Acondicionamiento del sistema de recogida de aguas potencialmente contaminadas, mejoras en los sistemas de calefacción y de suministro de agua caliente, acondicionamiento de accesos para personas con discapacidad, adquisición de bombas de achique y grupos electrógenos para uso exclusivo en la ECD, adecuación de la zona de estacionamiento y de los accesos para el vehículo que transporta el Contador de radiactividad corporal y dotación de los elementos necesarios para su funcionamiento.

f) Material y equipos para facilitar la información previa de los ciudadanos y la formación teórico-práctica del personal de los servicios municipales que deban intervenir en caso de emergencia nuclear, según lo establecido en el Plan Municipal correspondiente.

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden INT/701/2021, de 30 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales adscritas a los Planes de Emergencia Nuclear. Se puede consultar esta Orden en la página web: https://boe.gob.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11017

Cuarto. Cuantía.

El importe máximo de la convocatoria es de 1.661.461,73 euros.

La cuantía máxima que se concederá a cada beneficiario será de 60.000 €, independientemente de que en la solicitud haya uno o dos proyectos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Sexto. Forma de las solicitudes.

Los interesados formularán sus solicitudes electrónicamente, a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior (https://sede.mir.gob.es/opencms/export/sites/default/es/procedimientos-y-servicios/plan-emergencia-nuclear/index.html).

Madrid, 24 de marzo de 2023.- El Ministro del Interior. P.D. La Subsecretaria del Ministerio del Interior (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), Isabel Goicoechea Aranguren.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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