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Documento BOE-B-2023-32720

Extracto de la Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a mejorar los niveles de ciberseguridad de las pymes a través de la iniciativa «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 2023, páginas 53128 a 53129 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2023-32720

TEXTO

BDNS(Identif.):724974

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/724974)

Primero. Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente y que en su condición de tales cumplan con lo establecido en el artículo 7 de la orden de bases para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas mediante Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto.

Segundo. Objeto.

Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrán la consideración de ayudas en especie, dirigidas a mejorar el nivel de ciberseguridad de las pymes, a través del «Programa Activa Ciberseguridad».

Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

El objeto de estas ayudas consistirá en la recepción, por parte de las empresas beneficiarias, de un programa de asesoramiento orientado a pymes para mejorar sus niveles de ciberseguridad. El programa ofrece el análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma, con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad, para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria. El plazo de duración del servicio de asesoramiento será de un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión, salvo justificación aceptada por EOI.

La entidad beneficiaria recibirá un programa de acompañamiento, con 20 horas de asesoramiento y una duración de entre cuatro y cinco meses, contemplándose las siguientes fases:

1.º Diagnóstico y auditoría de ciberseguridad de la empresa.

2.º Elaboración de un Plan de Ciberseguridad.

3.º Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 204, de 25 de agosto de 2022.

Cuarto. Cuantía.

El gasto para esta convocatoria es de un máximo de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL EUROS (9.630.000 €) que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 2, «Crecimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme.

La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria.

Madrid, 31 de octubre de 2023.- Don Juan Ignacio Díaz Bidart, Director General de la Fundación EOI, F.S.P.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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