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Documento BOE-B-2023-22460

Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2023, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento eléctrico independiente y almacenamiento térmico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 25 de julio de 2023, páginas 36390 a 36391 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-22460

TEXTO

BDNS(Identif.):709524

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/709524)

Primero.: Entidades beneficiarias:

Podrán optar a la condición de entidades beneficiarias de las ayudas de esta convocatoria las empresas, universidades, centros de investigación o tecnológicos, así como las agrupaciones que cumplan con las condiciones establecidas en los artículos 4 y 5 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio.

Segundo. Finalidad:

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos innovadores de almacenamiento energético, en sus modalidades de 1) almacenamiento eléctrico independiente o "stand-alone", conectados a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica y 2) de almacenamiento térmico, como se especifica en el artículo 1.2 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio. Estas ayudas se sitúan en el marco de la componente 8 "Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y, en particular, a su Inversión 1: "Despliegue del almacenamiento energético", financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden TED/807/2023, de 17 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU.

Cuarto. Importe:

El presupuesto asignado para esta convocatoria asciende a 180.000.000 €, financiados con cargo a los fondos del IDAE previamente transferido de los presupuestos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, partida 23.50.42OB-748 de los presupuestos generales del estado para 2021, «Al IDAE para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia»; partida 23.50.42HA-748.08 de los presupuestos generales del estado para 2022, «Al IDAE para el despliegue del almacenamiento energético»; y partida 23.50.42HA-748.08 de los presupuestos generales del estado para 2023, «Al IDAE para el despliegue del almacenamiento energético. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

Este presupuesto se distribuirá en 150.000.000 € para proyectos de almacenamiento eléctrico independiente o "stand-alone" y 30.000.000 € para proyectos de almacenamiento térmico.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 20 de septiembre de 2023 y finalizará a las 14:00 horas del día 18 de octubre de 2023 (13:00 horas en la comunidad autónoma de Canarias). Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes

Sexto. Otros datos:

1. El período de ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión definitiva y, en todo caso, estará comprendido entre la fecha de registro de la solicitud de la ayuda por parte de la entidad beneficiaria y el 30 de abril de 2026, o en el plazo máximo que se determinase en caso de que tuviese lugar una ampliación del mismo, que en ningún caso podrá superar el plazo estipulado en el artículo 3.9 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio. El plazo de justificación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo ejecución.

2. Serán de aplicación hitos intermedios de control, que serán propuestos por la entidad solicitante en la memoria de solicitud. Los hitos intermedios de control y sus plazos indicativos serán, en caso de que sean de aplicación (plazos contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión de ayuda)

a) Obtención de la declaración de impacto ambiental favorable: 15 meses.

b) Obtención de licencia de obras: 18 meses.

c) Obtención de la inscripción en el registro integrado industrial o equivalente: 23 meses.

3. El importe de la ayuda a otorgar estará limitado según lo dispuesto en la disposición octava de la convocatoria, y será determinado de acuerdo con el procedimiento establecido en la disposición vigésima de la convocatoria.

4. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.

5. El IDAE, podrá conceder anticipos del importe de la ayuda, de conformidad con lo estipulado en la disposición vigesimoprimera de la convocatoria y los artículos 14 y 27 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio.

6. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

Madrid, 20 de julio de 2023.- La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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