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BDNS (Identif.): 591970
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/591970)
Primero.-Beneficiarios.
Fundaciones y asociaciones dependientes de partidos políticos con representación parlamentaria en el ámbito estatal.
Segundo.-Objeto:
Financiación de actividades de formación, consolidación y difusión del sistema democrático, y de todos sus componentes (sistema de partidos, estado de derecho, buen gobierno,. ..), preferentemente en los países identificados en el V Plan Director de la Cooperación Española, que se vayan a realizar durante el periodo comprendido entre la fecha en que el beneficiario tenga conocimiento de la concesión de la subvención y el 30 de junio de 2022.
Quedarán excluidos de la fase de valoración aquellos proyectos o actividades no directamente vinculados al objeto de las subvenciones mencionados en el anterior apartado.
Tercero.-Bases reguladoras:
Orden AEC/1510/2012, de 21 de junio, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones para la realización de actividades en el marco del Plan Director de la Cooperación española a fundaciones y asociaciones dependientes de partidos políticos con representación parlamentaria en el ámbito estatal, publicada en el BOE n.º 166, de 12 de julio de 2012, y a la que se puede acceder en la siguiente URL:
https://www.boe.es/boe/dias/2012/07/12/pdfs/BOE-A-2012-9301.pdf
Cuarto.-Cuantía.
700.000 euros en total. La cuantía a conceder a cada solicitante no podrá ser superior a 500.000 euros.
Quinto.-Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes irán dirigidas a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y se presentarán por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (https://sede.maec.gob.es) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se puntuarán teniendo en cuenta la valoración técnica del proyecto y la representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados y el Senado que tenga el partido político de quien depende la fundación o asociación en el momento de publicación de esta convocatoria.
El resultado total de la valoración técnica se multiplicará por el número total de escaños obtenidos en el Congreso de los Diputados y en el Senado por el partido político de quien dependa la fundación o asociación solicitante. Se establecerá el valor porcentual de ese resultado sobre la suma de los productos de todos los partidos políticos que han concurrido a la convocatoria a través de sus fundaciones o asociaciones vinculadas. Dicho valor porcentual se aplicará a la partida presupuestaria de la convocatoria, siendo ésta la cantidad que se concederá como subvención que, en ningún caso, será superior a 500.000 euros.
Los proyectos se valorarán desde el punto de vista técnico de acuerdo a los siguientes criterios:
1) Contenido de la actividad.
2) Calidad de la propuesta.
3) Coherencia con el Plan Director de la Cooperación española vigente
Madrid, 27 de octubre de 2021.- La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Pilar Cancela Rodríguez.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid