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BDNS(Identif.):512246
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/512246)
Primero. Crédito.
El crédito ampliable consignado en los Presupuestos Generales del Estado con un importe de 20.885.420,00 euros, que se señalaba en el apartado primero de la Resolución de 22 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, se incrementa en 21.222.992,05 euros por lo que el crédito a distribuir en la convocatoria asciende a 42.108.412,05 euros
Segundo. Presentación de solicitudes.
La publicación del crédito destinado a la convocatoria que se hace mediante esta resolución no supone la apertura de plazo para la presentación de nuevas solicitudes de subvención, ni tampoco el inicio de un nuevo cómputo de plazo para la resolución de la convocatoria.
Tercero. Entrada en Vigor.
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 24 de septiembre de 2020.- El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.
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