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Documento BOE-B-2020-15997

MOLINA DE SEGURA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 10 de junio de 2020, páginas 21810 a 21810 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-15997

TEXTO

Edicto

Don Juan Antonio Romero Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Molina de Segura, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº628/19 y NIG nº 30027 41 1 2019 0002818 se ha dictado en fecha 28 de febrero de 2020 auto de declaración de concurso consecutivo del deudor Mariano Toledo Fernández con NIF número 48.399.429T, cuyo domicilio lo tiene en calle Comendador Fray Luis de la Paz 34, bajo H de Archena. En fecha 26 de septiembre de 2019 se ha dictado auto de apertura de la fase de liquidación del concurso consecutivo, que ha sido rectificado en su fecha mediante auto dictado el 4 de marzo de 2020, que acuerda que la fecha del auto de apertura de la fase de liquidación es la de 28 de febrero de 2020.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

3º.- Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa, a salvo de las excepciones recogidas en el punto segundo del artículo 145 de la L.C.

Se ha designado, como Administración concursal a De Jure Concursal Defacto, S.L.P., con CIF B73794653, representado por Antonio García Moya en calidad de Administrador único, con domicilio profesional en calle Profesor Vicente Pla 6, 3ºF de Caravaca de la Cruz (30400) y cuya dirección electrónica es garciama@economistas.org, teléfono 670885203, fax 868869514, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de registro del Juzgado Decano de Molina de Segura.

6º.- Habiendo presentado la Administración Concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

7º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal y en el B.O.E.

Molina de Segura, 5 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Antonio Romero Fernández.

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