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Documento BOE-B-2019-19773

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2019, páginas 24515 a 24515 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-19773

TEXTO

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 306/2019, con NIG 2906742120190013209 por auto de fecha 15 de abril de 2019 se ha declarado en concurso voluntarios al deudor TALMIA, S.L., con CIF B29458320, domicilio en Málaga C/ Barrero, n.º 15 2.º CP 29200 de Antequera (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga

2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad TALMIA, S.L., y cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4º- Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra D. PEDRO B. MARTÍN MOLINA, economista con D.N.I. n.º 05272672Z, que lo hace en nombre y representación de la sociedad MARTÍN MOLINA ADMINISTRADORES CONCURSALES Y JUDICIALES S.L.P. con CIF N.º B87901211, con DOMICILIO en Málaga y dirección postal C/ Alameda de Colón, n.º 12 portal 2-2.º B, CP 29001, Tlf: 695439719, y con dirección de correo electrónico talmia@martinmolina.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 2 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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