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BDNS(Identif.):450231
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias):
Primero. Beneficiarios: podrán ser beneficiarios las organizaciones sindicales que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Tener representación sindical el día 1 de enero de 2019.
c) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto: realización de actividades de carácter sindical, incluyendo aquí la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.
Tercero. Bases reguladoras y diario de publicación: Orden TAS/1303/2007, de 26 de abril (publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 115 de 14 de mayo de 2007, y aplicable en cuanto no se oponga a la redacción vigente de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
Cuarto. Cuantía: la cuantía total máxima de las subvenciones a conceder será de 8.883.890 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: las organizaciones sindicales que opten a la subvención deberán presentar su solicitud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente extracto de la Resolución de convocatoria.
Madrid, 16 de abril de 2019.- El Subsecretario de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Raúl Riesco Roche.
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