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BDNS(Identif.):447944
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las organizaciones y agrupaciones empresariales y cooperativas agrarias sin ánimo de lucro, las organizaciones sindicales y las Entidades Locales, así como las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que realicen la actuación objeto de esta subvención.
Segundo. Finalidad:
La finalidad es la ejecución de las siguientes actuaciones:
a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada agrícola.
b) Visita a los alojamientos de temporeros/as agrícolas y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos.
c) Asesoramiento e información sociolaboral a las personas trabajadoras migrantes de campañas agrícolas de temporada en relación con sus derechos y deberes derivados de su naturaleza laboral y condicionantes sociales.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden ESS/1708/2012, de 20 de julio, publicada en el BOE de 1 de agosto de 2012, modificada por la Orden ESS/378/2018, de 22 de marzo.
Cuarto. Importe.
Dotación total de la convocatoria: 755.600 €. Cuantía adicional: 100.000 €.
La cuantía máxima para cada actuación será la siguiente.
a) Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada: cuantía unitaria de 50 € de coste por temporero/a; cuantía máxima por solicitud, 90.000 €.
b) Visita a los alojamientos y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos: cuantía unitaria de 300 € de coste por alojamiento; cuantía máxima por solicitud, 90.000 € si se realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 € si comprende una sola Comunidad Autónoma.
c) Asesoramiento e información sociolaboral: cuantía unitaria de 20 euros de coste por temporero/a: cuantía máxima por solicitud, 90.000 €, si se realiza en más de una Comunidad Autónoma, y 20.000 €, si comprende una sola Comunidad Autónoma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Madrid, 3 de abril de 2019.- El Director General de Migraciones, José Alarcón Hernández.
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