Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-14491

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2019, páginas 18006 a 18007 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-14491

TEXTO

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 928/2018, seguido a instancias del Procurador Don Ramses Antonio Quintero Fumero, en nombre y representación de la entidad Sinergia de Estudio, S.L., se ha dictado Auto el día 15 de febrero de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la entidad Sinergia de Estudio, S.L., con CIF B38968806, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. Se acuerda la Apertura de la Fase de Liquidación. Se acuerda la disolución de la sociedad concursada cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la administración concursal sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con los efectos establecidos en el Título 111 de la Ley Concursal. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administrador del concurso a Don Juan Patricio Padrón Lecuona, como economista. Se autoriza a los administradores del concurso para que puedan acceder a las instalaciones del deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos o información consideren necesaria para el ejercicio de las funciones propias de su cargo, así como para la elaboración de los correspondientes informes. Deberá la concursada designar una persona dentro de la estructura de gestión de la empresa para que sirva de enlace permanente con los órganos del Concurso. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Modo de Impugnación:

1.- Contra la Declaración de Concurso cabe, por el deudor y por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, que se computará, para las partes personadas desde la respectiva notificación del auto y para las no personadas desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado. Para la admisión del recurso deberá consignarse previamente la cantidad de 50 euros.

2.- Contra los demás pronunciamientos del auto cabe Recurso de Reposición por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en plazo de cinco días, computados, desde la notificación del auto para las partes personadas y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2, 197 y 452 LECn). Para la admisión del recurso deberá consignarse la cantidad de 25 euros. Así lo dispone, manda y firma Don Néstor Padilla Díaz, Juez de Refuerzo JAT, del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de notificación a todos los acreedores e interesados, se acuerda la fijación en el Tablón de anuncios del Juzgado y publicación en el Registro Público Concursal, y Gratuita en el Boletín Oficial del Estado. se pone en conocimiento que el Administrador Concursal es Don Juan Patricio Padrón Lecuona con DNI 78.567.161N, profesión economista con domicilio en Calle Bethencourt Alfonso número 21, 1° lzquierda 38002 de Santa Cruz de Tenerife; móvil número 619 01 58 90, 922 531115; fax número 922 98 29 54, correo concursosinergíadeestudiosl@ocadila.com. Se expide el presente Edicto en

Santa Cruz de Tenerife, 25 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid