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Documento BOE-B-2018-58177

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 2018, páginas 73962 a 73962 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-58177

TEXTO

EDICTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

1- Que en sección I declaración concurso 391/2018-C seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 24 de septiembre de 2018 auto de declaración de concurso de la entidad Mármoles Padrón, Sociedad Anónima, CIF: A15113558, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Lugar de Marono sin número Parroquia de Herbón, Código Postal 15.915 Padrón, A Coruña.

2- Se ha acordado determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la Administración Concursal

3- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado o por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Doña Cristina Esparís Ferreiro, que se identifica con el DNI 44814399A, Abogado con domicilio profesional en Plaza Roxa número 7, Primero C, Santiago de Compostela, teléfono 981591828 y 699727099 Fax 981591828; correo electrónico c.esparis@icesantiago.org

5- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

A Coruña, 22 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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