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Documento BOE-B-2018-543

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 2018, páginas 693 a 693 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-543

TEXTO

El Letrado de la Administración de Justicia D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona.

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 781/2017-F se ha declarado, mediante auto de fecha 5 de diciembre de 2017, el concurso voluntario de Acabados Textiles Mataro, S.L. con N.I.F. B66082249 y domicilio en Mataro, Cami de la Madrona, 28-30 loc. En el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Pablo Ferrandiz Avendaño por medio de escrito que se presentara, personalmente, por via postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Travessera de Gracia, 17-21, 3º, 3ª, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal administracionconcursal@ferrandiz-abogados.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicaran, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Publico Concursal.

Barcelona, 19 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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