Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-34244

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 23 de junio de 2018, páginas 43067 a 43067 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-34244

TEXTO

D.ª MARÍA JESÚS GRACIA GUERRERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente,

HAGO SABER:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 89/2018 y NIG n.º 45168 41 1 2018 0002486 se ha dictado en fecha 07/06/2018 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de la fase de liquidación del deudor D. MANUEL JUDEZ MARTÍN, con DNI n.º19825504X y domicilio en Quintanar de la Orden, C/ Río Guadiana, 28.

2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal/Liquidador al Letrado D. EMILIO FERNANDO GUTIÉRREZ GRACIA, con DNI 4173095-K y domicilio profesional en C/ San Clemente,11-C, local 2, de Talavera de la Reina (Toledo), dirección electrónica concurso.mjudez@gmail.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, quien ha aceptado el cargo el dia 12/06/2018.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5.º-Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de QUINCE DÍAS, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Así mismo, el deudor y los acreedores, dentro del plazo de alegaciones al plan de liquidación, podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.

Toledo, 12 de junio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, M.ª Jesús Gracia Guerrero.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid