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Documento BOE-B-2017-37168

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2017, páginas 44809 a 44809 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-37168

TEXTO

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Adm.de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 Barcelona

Hace Saber:

Que en los autos con NIG:0801947120158003982 y nº 259/17-G, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 15/05/2017 de OFYSAT S.L., con C.I.F. n.º B-60266756, y con domicilio en Calle Fontetes3-5, local 2 bis, Cerdanyola del Vallés ( Barcelona), en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento Abreviado.

El administrador concursal es D. Fernando Redondo García, con domicilio en la Calle Carrer Tuset 19, 1.º 3.ª, 08006-Barcelona y con correo electrónico concursal@dricater.com

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en su caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 19 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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